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title: "Los choferes de Uber, Didi y Cabify, en Madryn deberán ser monotributistas y no podrán hacer viajes turísticos"
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description: "La concejala Andrea Garachico detalló la ordenanza aprobada para Uber, Cabify y Didi: autos de hasta 10 años, canon a empresas y sin viajes turísticos."
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date_published: "2026-09-24T14:24:00-03:00"
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tags:
  - "ARCA"
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# Los choferes de Uber, Didi y Cabify, en Madryn deberán ser monotributistas y no podrán hacer viajes turísticos

**La concejal Andrea Garachico detalló las exigencias de la nueva ordenanza, que fija un tope de 10 años de antigüedad para los autos, cobra un canon a las empresas y prohíbe las excursiones en áreas protegidas.**

![Uber o DiDi](https://lu17.com/download/multimedia.normal.b7cb4391b7bd1210.bm9ybWFsLndlYnA%3D.webp)

*Uber o DiDi*

La formalización impositiva de los conductores que utilicen plataformas digitales constituye uno de los pilares centrales de la regulación aprobada para el transporte urbano en la ciudad. La normativa aprobada exige que cada chofer se inscriba ante la **Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA)** bajo el régimen de monotributo, garantizando cobertura previsional y obra social para equiparar las condiciones laborales con el resto de los trabajadores independientes.

En diálogo con **#LA17**, la concejala de Puerto Madryn, **Andrea Garachico**, cruzó las críticas que tildaban a la actividad de precarizada y argumentó la solidez del marco tributario exigido en la ordenanza: **“El que maneja un Uber está inscripto en ARCA como monotributista en la categoría que le corresponda y ese señor tiene aportes jubilatorios, tiene obra social, tiene toda la cobertura previsional correspondiente. Por lo tanto, quienes esgriman el argumento de la precarización laboral es puro argumento vacío, porque si yo soy monotributista tengo la misma cobertura que tiene el señor que maneja un Uber”**.

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El esquema normativo impone reglas de simetría con el sistema de taxis y remises para evitar desventajas comerciales entre las distintas modalidades de traslado de pasajeros. Las exigencias para los vehículos particulares incluyen la presentación de licencias profesionales, coberturas de seguro específicas y parámetros estrictos de mantenimiento sobre la flota en circulación.

Al repasar las exigencias contempladas en el articulado aprobado durante la sesión en **#LA17**, la edila comunal enumeró los puntos clave que fiscalizará la Comuna: **“Se trató de colocar en cuanto a requisitos la igualdad de condiciones ante los otros prestadores del servicio de transporte de pasajeros privado, como es remis y taxis. En cuanto a los seguros van a tener que tener su seguro correspondiente de terceros transportados de pasajeros. En cuanto a los requisitos generales de los vehículos se habla de un tipo multipropósito, sedán o familiar, con un mínimo de 4 o 5 puertas, capacidad para equipaje y una antigüedad máxima que no podrá superar los 10 años”**.

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A diferencia de los choferes, las empresas dueñas del software deberán abonar un tributo específico al municipio para mantener su habilitación comercial activa dentro de la jurisdicción local. La ordenanza permite además que los permisionarios del servicio tradicional puedan sumarse a las plataformas digitales durante las horas en que no cumplen guardia en sus paradas habituales.

Respecto a la tributación corporativa y la compatibilidad entre ambos sistemas de transporte, **Andrea Garachico** explicó en **#LA17**: **“Se le va a aplicar un canon a la empresa, no al chofer, ni de Uber, ni de Cabify, ni de Didi. Aquel propietario de taxi tranquilamente hoy puede decir: yo de tal hora a tal hora manejo taxi o trabajo en tal parada, y en otro horario fuera del horario que cumplo en la parada utilizo mi vehículo como vehículo de aplicación, como ocurre en todas las ciudades del país”**.

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Las atribuciones concedidas a las aplicaciones móviles quedan circunscritas de forma exclusiva al traslado urbano e interurbano **"punto a punto"**, quedando terminantemente prohibido su uso para prestar servicios de excursión o guiado dentro de los circuitos de conservación provincial. El transporte hacia parques o reservas naturales requiere de licencias especiales otorgadas por la autoridad de aplicación de turismo.

Al marcar la delimitación jurisdiccional sobre los trayectos hacia la Península Valdés o Punta Tombo en la entrevista radial, la edila remarcó: **“Los viajes que comprenden áreas naturales protegidas son de jurisdicción provincial. Lo que está previsto es que los viajes son punto a punto, yo no puedo levantar un pasajero y sacarlo a pasear por la Península. No pueden hacer tareas de turismo ni traslados turísticos porque los vehículos que hacen ese trabajo tienen una habilitación provincial que lo hace la Dirección de Turismo”**.

El texto normativo sancionado en el recinto toma como base el proyecto impulsado originalmente por el bloque que integra el concejal Pereira, tras perder estado parlamentario en el período legislativo anterior. El empuje decisivo para destrabar el expediente fue la presión ejercida por la propia comunidad madrynense, que demandaba alternativas legales de transporte público.

Al reconstruir el trámite parlamentario y la postura del Municipio frente al proyecto, **Andrea Garachico** concluyó en **#LA17**: **“Pereira fue el autor inicial de esta ordenanza, volvió a presentarla con una modificación. La demanda del público, la necesidad social fue la que realmente tomó peso para que desde el Ejecutivo tomaran la decisión política de darle un verdadero marco regulatorio que proteja la actividad”**.

La implementación efectiva del sistema dependerá de la celeridad con que la Secretaría de Gobierno confeccione el registro de conductores y comience la fiscalización de las obleas de inspección técnica. El desafío inmediato de las autoridades comunales radicará en fiscalizar el cumplimiento del canon a las empresas extranjeras e impedir que los vehículos no habilitados operen en los circuitos turísticos.

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