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title: "Ordenan que el director del Hospital Tornú informe la evolución de Pity Álvarez cada 30 días"
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description: "El director del Hospital deberá informar sobre el estado del músico cada 30 días y arbitrará la seguridad para evitar que abandone el tratamiento."
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date_published: "2026-09-29T10:38:00-03:00"
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tags:
  - "adicciones"
  - "Buenos Aires"
  - "internación"
  - "justicia"
  - "música"
  - "salud mental"
author_name: "REDACCIÓN"
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category_name: "Policiales"
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# Ordenan que el director del Hospital Tornú informe la evolución de Pity Álvarez cada 30 días

**La Justicia internó al músico 90 días en el Hospital Tornú. El director informará su estado mensualmente y arbitrará la seguridad para evitar que abandone el tratamiento.**

![Pity Álvarez. Foto RS Fotos/Infobae](https://lu17.com/download/multimedia.normal.b6a4e17c8a5ad57a.bm9ybWFsLndlYnA%3D.webp)

*Pity Álvarez. Foto RS Fotos/Infobae*

El director del **Hospital Tornú** deberá informar cada treinta días sobre la evolución de **Cristian “Pity” Álvarez**, quien fue internado por orden judicial. Además, el funcionario tendrá que arbitrar los medios de seguridad pertinentes para evitar el abandono del tratamiento por parte del paciente.

La medida fue dispuesta por el **Juzgado Civil N°4**, que convalidó la internación del músico por un plazo de **90 días**. La decisión se fundamentó en que se lo considera un riesgo para sí mismo y para terceros, según confirmaron fuentes del caso a la Agencia Noticias Argentinas.

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La internación fue recomendada tras una evaluación realizada por el Área de Salud Mental de la **Clínica Dharma** el pasado **23 de septiembre** en el mismo hospital. El análisis determinó que Álvarez **"presenta riesgo cierto e inminente para sí y/o terceros"**, de acuerdo al escrito judicial al que accedió la agencia.

El informe médico detalla un cuadro de abuso y dependencia de múltiples sustancias psicoactivas. Esta condición le genera una **"descompensación psicótica aguda, pérdida de valores preventivos y conductas de riesgo"** que motivaron el criterio de internación psiquiátrica.

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La resolución judicial se tomó **"con el fin de garantizar el derecho a la salud y la integridad psíquica y física de la persona, su recuperación, rehabilitación y reintegración social"**. Se estableció que, hasta no obtener el alta médica, Álvarez solo podrá egresar del hospital mediante una derivación a otro centro de salud.

Por otra parte, la Justicia determinó que si el paciente se encuentra en condiciones de ser derivado, se deberá asegurar una vacante en una institución prestadora de su obra social. La resolución aclara que el traslado podría realizarse incluso en contra de su voluntad si su estado médico así lo requiere.

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En ese marco, se especificó que cualquier egreso del **Hospital Tornú** debe realizarse en ambulancia y con el acompañamiento de un familiar responsable. Este procedimiento se mantendrá hasta su efectivo ingreso en otro dispositivo de salud que le sea indicado.

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