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title: "Asignan un cupo de $27.200 millones para la devolución del IVA a empresas de servicios públicos"
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description: "El Gobierno nacional estableció un tope anual para la devolución del IVA a empresas de servicios públicos. El sector energético recibirá $24.500 millones."
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date_published: "2026-10-07T11:40:00-03:00"
date_modified: "2026-10-07T09:20:23-03:00"
tags:
  - "Boletín Oficial"
  - "Crédito fiscal"
  - "Empresas de servicios públicos"
  - "gobierno nacional"
  - "IVA"
  - "Ministerio de Economía"
  - "Resolución 1759/2026"
  - "sector energético"
  - "subsidios"
  - "transporte"
author_name: "REDACCIÓN"
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category_name: "Actualidad"
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# Asignan un cupo de $27.200 millones para la devolución del IVA a empresas de servicios públicos

**El sector energético concentrará $24.500 millones de los fondos. La medida para 2025 y saldos anteriores abarca también al transporte.**

![ARCA](https://lu17.com/download/multimedia.normal.90b2e1a20e9d24ad.bm9ybWFsLndlYnA%3D.webp)

*ARCA*

El sector energético recibirá **$24.500 millones** del cupo total de **$27.200 millones** que fijó el Gobierno para la devolución del Impuesto al Valor Agregado (IVA) a empresas de servicios públicos. De esta manera, el área de energía concentrará el **90%** de los fondos dispuestos para este régimen de recupero de créditos fiscales.

Por otra parte, la normativa contempla un margen de **$2.500 millones** para el sector del transporte. Para el resto de las actividades que perciben subsidios o compensaciones tarifarias del Estado nacional, se reservó un cupo de **$200 millones**.

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El régimen de recupero está destinado a las entidades de servicios públicos cuyas tarifas se encuentran reducidas por recibir sumas en concepto de subsidios, compensaciones tarifarias o asistencia económica estatal. Esta asistencia puede ser transferida de manera directa o a través de fideicomisos.

El cupo establecido por el Ejecutivo aplicará a las solicitudes sobre saldos acumulados por créditos fiscales cuyo derecho a cómputo se haya generado durante el año **2025**. Además, la norma también abarca a los saldos de ejercicios anteriores que estén en condiciones de recuperarse y no hayan sido procesados previamente.

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La medida fue establecida a través de la Resolución **1759/2026**, publicada este miércoles en el Boletín Oficial. Con esta disposición, el Ministerio de Economía mantiene la continuidad de los esquemas de asignación anual que se instrumentan desde el año **2019**.

El objetivo de esta normativa es compensar los créditos fiscales del IVA que las empresas abonan en la compra, elaboración o importación de bienes. También busca resarcir el impuesto pagado en las contrataciones de obras o servicios que están destinados a su actividad.

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