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title: "La Suprema Corte bonaerense analizará si un abusador prófugo 13 años debe ser juzgado"
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description: "La acción penal contra Montes de Oca por abuso sexual infantil se encuentra extinguida, pero la víctima logró que la Justicia provincial revise el fallo."
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date_published: "2026-10-20T11:44:00-03:00"
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tags:
  - "delitos sexuales"
  - "fuga"
  - "La Plata"
  - "Suprema Corte"
author_name: "REDACCIÓN"
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category_name: "Policiales"
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# La Suprema Corte bonaerense analizará si un abusador prófugo 13 años debe ser juzgado

**La acción penal contra Montes de Oca por abuso sexual infantil se encuentra extinguida, pero la víctima logró que la Justicia provincial revise el fallo.**

![Abuso infantil foto ilustrativa fuente Magnific](https://lu17.com/download/multimedia.normal.a239591c1c039c33.bm9ybWFsLndlYnA%3D.webp)

*Abuso infantil foto ilustrativa fuente Magnific*

La Suprema Corte de Justicia de la provincia de Buenos Aires deberá determinar si un hombre acusado de abuso sexual infantil, que permaneció **13 años prófugo**, puede ser juzgado. La Sala III de Casación, con la firma de los jueces **Ricardo Borinsky** y **Daniel Carral**, declaró el **6 de octubre pasado** parcialmente admisible un recurso y dispuso enviar la causa al máximo tribunal provincial.

El acusado, **Jorge Osmar Montes de Oca**, fue imputado por abuso sexual con acceso carnal agravado por el vínculo y pesaba sobre él un pedido de captura nacional e internacional. Este pedido permaneció activo durante **trece años**, desde que huyó de su casa en camioneta la misma noche de la denuncia en **febrero de 2009**.

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La víctima le reveló a su madre a los **14 años** que su padre biológico la había abusado sexualmente desde los **seis hasta los doce años**. Ante la falta de respuestas en la investigación, los letrados penalistas **Jennifer Salaberry** y **Lautaro Slpizer**, que representan a la víctima como particular damnificada, lograron localizar al acusado en apenas **quince o dieciséis días** en **San Luis**.

Según los letrados, una pista llegó a través de un testigo que se comunicó con la víctima por Facebook y le indicó que el hombre vivía en **San Luis**, donde se manejaba con documentación falsa y tenía comercios de calzado. Esta celeridad contrasta con la investigación que estuvo en manos de la UFI N° 7 de La Plata, a cargo de la fiscal **Virginia Bravo**, por la falta de esfuerzos durante años.

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El hombre fue detenido por la **Policía Federal**, pero estuvo preso solo **cuatro días** y recuperó la libertad después de que su defensa presentara un hábeas corpus. El argumento principal fue que la causa estaba prescripta, lo que llevó al Juzgado de primera instancia a declarar extinguida la acción penal por prescripción.

En ese marco, la Sala I de la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de La Plata confirmó esta decisión el **18 de diciembre de 2024**, aunque con un voto en minoría que planteaba analizar el caso a la luz de los tratados internacionales de protección de la niñez. La querella intentó llegar al Tribunal de Casación Penal, pero el recurso fue declarado inadmisible, y la Sala III rechazó la queja el **25 de junio de 2026**.

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No obstante, la Sala III de Casación habilitó la revisión solo en un punto: si los tribunales anteriores omitieron aplicar las normas internacionales con jerarquía constitucional que protegen a niñas víctimas de violencia sexual. Entre estas se encuentran la **Convención sobre los Derechos del Niño**, la **Convención Americana sobre Derechos Humanos** y la **Convención de Belém do Pará**.

Por otra parte, la acusación sostiene que la prescripción se aplicó de manera «estrictamente formal» y sin perspectiva de niñez ni de género. Argumentan que los abusos ocurrieron en un contexto de violencia intrafamiliar y que la demora del Estado en encontrar al acusado termina jugando a favor de la impunidad del agresor.

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