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description: "Un juez laboral consideró que existió relación contractual entre el sanatorio y el médico que ejerció durante tanto tiempo, a pesar de ser monotributista."
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  - "Rosario"
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# TRABAJÓ 27 AÑOS COMO MONOTRIBUTISTA: DEBERÁN INDEMNIZARLO

![Sanatorio de la Mujer de Rosario](/download/multimedia.normal.9c3a7d97d80731bf.c2FuYXRvcmlvLWRlLWxhLW11amVyLTJfbm9ybWFsLndlYnA=.webp)

*Sanatorio de la Mujer de Rosario*

Un juez laboral de Rosario emitió un fallo relevante al determinar que un profesional médico que prestó servicios como **jefe del área de pediatría del Sanatorio de la Mujer entre 1991 y 2018**, mantuvo una relación laboral con la institución, a pesar de que facturaba por sus servicios como monotributista.

La **sentencia dictamina que el Sanatorio deberá indemnizar al médico por diferentes conceptos: antigüedad, preaviso, mes de despido, integración del mes de despido, incremento indemnizatorio, sanciones previstas por la ley, remuneraciones no abonadas, vacaciones proporcionales, entre otros aspectos.**

El profesional médico relató que realizaba diversas tareas habituales como parte de sus funciones como jefe de pediatría, entre ellas, brindar atención, tomar decisiones terapéuticas, coordinar servicios médicos y formar estudiantes de medicina.

***A pesar de haber recibido una remuneración compuesta por una suma fija y variable, se vio obligado a facturar como monotributista, y sus remuneraciones nunca fueron abonadas mediante recibos de sueldo.***

**Tras una intimación por falta de tareas y negativa a otorgar la relación laboral,** el profesional se dio por despedido por culpa de la demandada, lo que fue rechazado por**la empresa que argumentó la inexistencia de la relación laboral.**

**El juez Marcelo Gallucci concluyó que el profesional brindó sus servicios en el marco de una relación laboral con la empresa, a pesar de la negativa de la misma,** y ​​dictaminó a su favor considerando que sus tareas constituían la ejecución de las multas previstas por la demandada. .

El fallo sienta jurisprudencia al nivelar las diferencias de fuerzas entre el empresario y el trabajador, reivindicando el principio protector del derecho laboral.

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