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title: "LA JUSTICIA SOBRESEYÓ A MIEMBROS DEL SUPA CHUBUT"
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description: "La jueza Ana Karina Breckle dictó el sobreseimiento definitivo de los integrantes de la Comisión Directiva del SUPA Chubut, poniendo fin al proceso judicial."
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tags:
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# LA JUSTICIA SOBRESEYÓ A MIEMBROS DEL SUPA CHUBUT

![Dirigentes del Supa sobreseídos](/download/multimedia.normal.bb411cb35e31290b.RGlzZcOxbyBzaW4gdMOtdHVsbyAoNDYpX25vcm1hbC53ZWJw.webp)

*Dirigentes del Supa sobreseídos*

**Los miembros de la Comisión Directiva del SUPA Chubut,** Alexis Gabriel Gutiérrez, Bruno Nicolás Igor Vera, Claudio Villarroel, José Gabriel Zambrano, Juan Carlos Cipriano Inalef y Cristian Antonio Pérez, **fueron sobreseídos en forma total y definitiva de las acusaciones de extorsión y asociación ilícita.** La jueza penal de Rawson, Ana Karina Breckle, dictó la sentencia N° 1152/2024 tras la solicitud del propio Ministerio Público Fiscal.

El Fiscal Juan Leonardo Cheuqueman, encargado del proceso, **desestimó cada uno de los cargos iniciales presentados por la fiscal general Florencia Gómez, quien había solicitado las detenciones de los imputados.**

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La jueza Breckle expresó un firme llamado de atención a la Fiscalía, exhortándola a recabar “todos los elementos necesarios para realizar un análisis legal, objetivo y suficiente” antes de realizar imputaciones.

**El procurador Cheuqueman fundamentó el pedido de sobreseimiento en la ausencia de pruebas** para sostener la acusación. Destacó que **los imputados habían sido empleados de las empresas de los denunciantes antes de unirse al gremio SUPA, y que sus acciones respondían a reclamos laborales legítimos.**

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El conflicto entre las partes surgió de un paro realizado por el gremio SUPA en la actividad portuaria.**La medida, enmarcada en un conflicto laboral, buscaba alcanzar mejores condiciones para sus afiliados.** Luego del paro, el gremio y las empresas acordaron reanudar las actividades, lo que dejó en claro que se trataba de un legítimo reclamo laboral y no de un acto delictivo.

**El fiscal señaló que no existían elementos objetivos o subjetivos para fundamentar las acusaciones de extorsión y asociación ilícita.** Esto motivó su solicitud de sobreseimiento, que fue aceptada por la jueza Breckle.

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En el fallo,**Breckle subrayó la importancia de evitar la criminalización de los reclamos laborales.** La jueza instó al Ministerio Público Fiscal a actuar con cautela en casos de este tipo para no vulnerar los derechos de trabajadores y sus representantes gremiales.

Uno de los elementos más relevantes del fallo es el acta notarial del 29 de julio de 2024, en la cual **los denunciantes y los imputados reconocieron que el conflicto penal había sido motivado por “desinteligencias”** propias de sus roles disímiles en la actividad portuaria. En el acta, los denunciantes admiten que sus denuncias se basaron en una interpretación errónea de los hechos.

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**Los denunciantes también reconocieron que “no se cometió delito alguno”** y que las denuncias se originaron por malentendidos entre ambas partes, según consta en la sentencia. La jueza Breckle resolvió entonces el sobreseimiento total y definitivo de los imputados por todas las denuncias y acusaciones formuladas en su contra.

Este fallo incluye la desestimación de otras acusaciones, como el incendio de la camioneta RAM de Raúl Matías Cereseto en febrero.**La jueza concluyó que los reclamos y situaciones conflictivas deben ser considerados como “desinteligencias” y no como delitos, dado el contexto laboral.**

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