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title: "JUSTICIA SOBRESEE A SIETE MAPUCHES EN EL CASO GINÓBILI"
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description: "El juez Ignacio Pombo decidió sobreseer a siete miembros de la comunidad mapuche Paicil Antriao. La medida fue tomada tras considerar prescripta la causa."
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date_published: "2024-10-31T14:24:00-03:00"
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  - "construcción"
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author_name: "REDACCIÓN"
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# JUSTICIA SOBRESEE A SIETE MAPUCHES EN EL CASO GINÓBILI

![Ginobili](/download/multimedia.normal.bd0f908576d9d740.R2lub2JpbGlfbm9ybWFsLndlYnA=.webp)

*El juez sobreseyó a mapuches en el caso Ginóbili.*

En una audiencia realizada este jueves, el juez de garantías Ignacio Pombo resolvió el sobreseimiento de siete personas. **El magistrado determinó que el proceso penal estaba “extinguido” debido a la prescripción de los plazos legales**.

**El caso, que involucra terrenos reclamados por Emanuel Ginóbili, se extendía desde 2018**. En esa fecha, la comunidad Paicil Antriao había ocupado diversos lotes en Villa La Angostura.

**El fiscal Adrián De Lillo solicitó avanzar con el juicio, argumentando que la usurpación sigue activa**. Afirmó que las acciones de los acusados incluyeron despojo y amenazas hacia los propietarios.

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Sin embargo, **el juez Pombo consideró que los plazos de prescripción comenzaron en 2019**. Para el magistrado, la apertura del juicio en mayo de ese año marcó el inicio del conteo.

**El abogado defensor de los acusados había solicitado el sobreseimiento al comienzo del proceso**. Afirmó que el tiempo para juzgar penalmente a sus defendidos ya había expirado.

El fiscal, por su parte, sostuvo que el acuerdo de diálogo entre las partes suspendió la prescripción.**Según el fiscal, el diálogo era voluntario y no requería autorización judicial**.

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**El juez Pombo desestimó esta interpretación**. Señaló que el despojo, aunque tiene efectos duraderos, es un “delito instantáneo”.

Los hechos en cuestión incluyeron la ocupación de terrenos en tres oportunidades durante 2018. **El primer incidente ocurrió en febrero, cuando dos personas ocuparon un terreno en calle Traful**.

**En junio de 2018, otro grupo de personas amenazó al cuidador de una propiedad de Ginóbili, según los registros**. Este evento incluyó el despojo de la propiedad en cuestión.

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Finalmente, **en agosto de 2018, otros miembros de la comunidad ocuparon el primer piso de una construcción**. Esta acción también formó parte del caso de usurpación investigado.

**El fiscal De Lillo defendió que la ocupación es un “delito permanente” y, por tanto, el plazo de prescripción aún no aplicaba**. Para el juez, los efectos pueden ser permanentes, pero el delito es inmediato.

**La decisión del juez Pombo sugirió que este conflicto debe resolverse en la justicia civil**. Así, los acusados fueron liberados de cualquier cargo penal en este caso.

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