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title: "CORTE SUPREMA RECHAZA CAMBIO DE GÉNERO NO BINARIO EN DNI"
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description: "La Corte Suprema de Argentina desestimó el pedido de L.B., una ciudadana que solicitó cambiar su DNI para que constara \"femineidad travesti\" (FT)."
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date_published: "2024-11-06T10:44:00-03:00"
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tags:
  - "corte"
  - "DNI"
  - "Suprema Corte de Justicia"
author_name: "REDACCIÓN"
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category_name: "Actualidad"
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# CORTE SUPREMA RECHAZA CAMBIO DE GÉNERO NO BINARIO EN DNI

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*dni*

**El tribunal sostuvo que la ley vigente no contempla esta opción de género.** La decisión reafirma el fallo previo de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil.

Inicialmente, el Juzgado Nacional en lo Civil N° 7 había dado lugar al pedido. Esta instancia había ordenado al Registro Civil ampliar los marcadores de género. **Sin embargo, la Cámara revocó esa orden, argumentando que la Ley 26.743 no permite nuevas categorías.**

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La ley permite la rectificación de sexo sin detallar otras opciones de género. Los camaristas subrayaron que los documentos deben preservar la confidencialidad, sin exhibir modificaciones en la identidad de género. **Este principio busca evitar discriminación y proteger la privacidad.**

**El juez Horacio Rosatti explicó la diferencia entre "identificación registral" e "identidad personal".** Señaló que la identificación debe ser objetiva y no subjetiva, resguardando la intimidad personal. Esta postura fue apoyada por los otros jueces de la Corte.

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Según la Corte, el DNI es un documento de identificación, no de identidad. El fallo concluyó que la autopercepción es una cuestión privada, sin relevancia estatal. **La Corte ratificó que el DNI debe reflejar datos registrales, no aspectos personales.**

**La decisión fue unánime, firmada por Rosatti, Rosenkrantz, Maqueda y Lorenzetti.** El fallo remarcó que cualquier cambio en la normativa debe ser legislado por el Congreso. Esta disposición limita la inclusión de nuevos géneros en los documentos.

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El fallo reafirma el alcance de la Ley de Identidad de Género. No se cuestionó la constitucionalidad de la ley ni se sugirió que deba modificarse judicialmente. **La introducción de nuevas categorías requiere un proceso legislativo.**

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