---
canonical_url: "https://lu17.com/contenido/76720/lijo-tiene-licencia-para-asumir-en-la-corte-suprema"
title: "LIJO TIENE LICENCIA PARA ASUMIR EN LA CORTE SUPREMA"
article_type: "Article"
description: "El juez Ariel Lijo fue autorizado por unanimidad por la Cámara Federal porteña para asumir en comisión en la Corte Suprema, tras ser designado por decreto."
main_image: "https://lu17.com/download/multimedia.normal.9841e233cdbdbbb2.bm9ybWFsLndlYnA%3D.webp"
date_published: "2025-02-26T19:46:00-03:00"
date_modified: "2025-02-26T19:52:37-03:00"
tags:
  - "gobierno"
  - "Presidente"
author_name: "REDACCIÓN"
author_url: "https://lu17.com/usuario/10/redaccion"
category_name: "Política"
category_url: "https://lu17.com/categoria/11/politica"
category_description: "Seguinos en LU17.com para enterarte siempre de las últimas noticias de política: decisiones, debates y actualidad en Chubut, Argentina y el mundo."
---

# LIJO TIENE LICENCIA PARA ASUMIR EN LA CORTE SUPREMA

![Lijo](/download/multimedia.normal.9841e233cdbdbbb2.bm9ybWFsLndlYnA=.webp)

*La Cámara Federal porteña otorgó licencia al juez Ariel Lijo para asumir en comisión en la Corte Suprema.*

En medio de un tenso escenario político y judicial, **la Cámara Federal porteña dio luz verde a la solicitud del juez Ariel Lijo**, titular del Juzgado Federal 4, **quien pidió una licencia extraordinaria sin goce de haberes** para incorporarse a la Corte Suprema de Justicia.

**La designación**, anunciada por el presidente Javier Milei mediante decreto, **surge para llenar las vacantes que dejaron las renuncias de Elena Highton de Nolasco en 2021 y de Juan Carlos Maqueda en diciembre de 2024**, y permitirá que Lijo asuma junto al abogado Manuel García-Mansilla.

**El decreto presidencial**, publicado en el Boletín Oficial, **argumenta que la Corte no puede funcionar con solo tres integrantes**, ya que se requieren al menos tres votos para la resolución de casos.

**OTRAS NOTICIAS**

LA TASA DE NATALIDAD EN CABA ALCANZÓ SU MÍNIMO HISTÓRICO

En este contexto, **el Gobierno invocó el artículo 99, inciso 4, de la Constitución Nacional, que faculta al Presidente para nombrar jueces de la Corte Suprema con el acuerdo del Senado**, el cual puede aceptar o rechazar los postulados en función de su idoneidad.

Sin embargo, la designación no está exenta de controversias. **La oposición ya ha adelantado su rechazo a los pliegos de Lijo y de García-Mansilla, denunciando una “politización de la Justicia”** y calificando la medida de “un golpe a la institucionalidad”.

**OTRAS NOTICIAS**

ARGENTINA DECLARÓ AL TREN DE ARAGUA ORGANIZACIÓN TERRORISTA

Por su parte, figuras del kirchnerismo han respaldado el pliego de Lijo, mientras que **senadores críticos cuestionan la aplicación del artículo 99 para designar miembros del Poder Judicial**.

Ante este escenario, **la Corte Suprema deberá decidir si acepta tomar juramento a Lijo bajo licencia**. En caso de que el Senado rechace su pliego, el juez podría regresar a su juzgado, poniendo nuevamente sobre la mesa el debate entre el Poder Ejecutivo y el Legislativo en materia de designaciones judiciales.

---

*Contenido creado y optimizado para IA con [Medios CMS](https://medios.io)* — Plataforma profesional para la gestión de medios digitales y portales de noticias.
