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title: "La Legislatura de Neuquén aprobó la ley de ficha limpia"
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description: "La ley prohíbe el acceso a cargos públicos a personas con condenas confirmadas por delitos graves, deudas alimentarias o inhabilitaciones previas."
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  - "Ley de Ficha limpia"
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# La Legislatura de Neuquén aprobó la ley de ficha limpia

![Legislatura de Neuquén](/download/multimedia.normal.a069dca6fd2acece.bm9ybWFsLndlYnA=.webp)

*Legislatura de Neuquén*

**La Legislatura de Neuquén aprobó este miércoles en general el proyecto de ley de Ficha Limpia**, enviado por el gobernador Rolando Figueroa, que establece restricciones para acceder a cargos electivos y funciones públicas. **La norma fue respaldada por 28 diputados y rechazada por cinco votos de Unión por la Patria y la izquierda.** Este jueves se tratarán los artículos en particular.

**El objetivo es impedir que personas con antecedentes penales, deudas o sanciones puedan ocupar funciones en el Estado provincial.** La ley alcanza a candidatos a cargos electivos, funcionarios del Ejecutivo, del Poder Judicial, del Tribunal de Cuentas, del Consejo de la Magistratura y también a autoridades municipales.

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Entre los principales puntos, se prohíbe ser candidato a quienes tengan condenas firmes en segunda instancia por delitos dolosos comunes o federales. T**ambién quedarán inhabilitados los imputados con restricciones a la libertad**, mientras dure la medida judicial. El impedimento cesa solo si recuperan la libertad o se revoca la condena.

Además, no podrán postularse ni ejercer cargos quienes tengan condenas por **delitos vinculados al tráfico de estupefacientes, delitos del Régimen Penal Tributario o contra la administración pública.**

La prohibición también alcanza **a quienes estén inscriptos en el Registro Provincial de Violencia Familiar y de Género, los deudores alimentarios morosos y quienes hayan sido inhabilitados por juicio político** u otra sanción constitucional.

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Otro punto clave es la incorporación de **quienes hayan sido beneficiados con la suspensión de juicio a prueba (“probation”) por delitos dolosos o contra la administración pública.** En esos casos, el impedimento también se mantendrá mientras dure el beneficio, excepto para delitos culposos o lesiones leves.

La inhabilitación será perpetua, salvo revocación judicial. Esto significa que aun **si la persona cumple su condena o la pena queda firme, no podrá volver a presentarse o ser designada**, a menos que la sentencia sea anulada.

Al momento de oficializar una candidatura, el postulante deberá presentar declaración jurada y certificados que acrediten no estar alcanzado por ninguna causal de exclusión.  
**Entre los documentos exigidos figuran el libre deuda alimentaria, el certificado de no inscripción en registros de violencia de género y antecedentes penales.** La Justicia Electoral deberá verificar esa documentación.

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La norma también alcanza a ministros, secretarios, subsecretarios, vocales, presidentes de entes y todo funcionario equivalente.  
**Incluye a quienes ocupen funciones en los tres poderes del Estado**, y la Junta Electoral no podrá proclamar electos a quienes resulten alcanzados por alguna de las inhabilitaciones, incluso si ya fueron votados.

El artículo 6° invita a los municipios de primera categoría a adherir a la normativa. Esto permitiría extender el alcance de la ley a los gobiernos locales, promoviendo un estándar ético común en toda la provincia.

Con esta aprobación, **Neuquén se suma a otras jurisdicciones que ya implementaron leyes de Ficha Limpia, como Mendoza, Salta y Jujuy.** El texto aprobado modifica el artículo 68 del Código Electoral Provincial.

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