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title: "Nuevo fallo judicial ordena reajustar jubilaciones según inflación entre 2021 y 2024"
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description: "La Cámara Federal de Mar del Plata declaró inconstitucional la fórmula de movilidad vigente y ordenó actualizar haberes por el Índice de Precios al Consumidor."
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date_published: "2025-04-27T20:19:00-03:00"
date_modified: "2025-04-27T20:23:23-03:00"
tags:
  - "ajuste"
  - "fallo judicial"
  - "inflación"
  - "IPC"
  - "jubilaciones"
  - "jubilados"
  - "justicia"
author_name: "REDACCIÓN"
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category_name: "Actualidad"
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# Nuevo fallo judicial ordena reajustar jubilaciones según inflación entre 2021 y 2024

![Anses](/download/multimedia.normal.803eeaccfa288126.bm9ybWFsLndlYnA=.webp)

*Anses*

**La Cámara Federal de Mar del Plata dictó un fallo que ordena reajustar los haberes jubilatorios utilizando el Índice de Precios al Consumidor (IPC) publicado por el INDEC,**al declarar la inconstitucionalidad del artículo 1º de la ley 27.609, vigente desde diciembre de 2020. La decisión implica una mejora sustancial en las jubilaciones entre enero de 2021 y marzo de 2024.

En el fallo del caso**"Giménez Mirta Noemí c/ ANSES s/ reajustes varios",** los jueces Eduardo P. Jiménez y Alejandro O. Tazza señalaron que la fórmula de movilidad aplicada bajo la ley 27.609 generó una pérdida del 50,3% del poder adquisitivo de los haberes en el período analizado. **El dictamen se suma a otros fallos similares y refuerza la tendencia de la Justicia a favor de los jubilados.**

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La sentencia detalla que, aunque en 2021 los jubilados lograron una leve mejora del 0,82%**frente a la inflación, en 2022, 2023 y en los primeros meses de 2024 sufrieron caídas del 11,6%, 33,5% y 16,1% respectivamente.**Los jueces también cuestionaron que, si bien el actual Gobierno reconoció los **“resultados desastrosos”**de la fórmula, solo contempló cambios hacia adelante sin reparar las pérdidas acumuladas.

El fallo remarca que **los bonos extraordinarios otorgados en los últimos años no corrigieron de manera adecuada la situación,**ya que solo alcanzaron a los jubilados de haberes mínimos, dejando desprotegido al resto.

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En consecuencia, **la Cámara resolvió que los haberes deben recalcularse por inflación**siempre que ello resulte más favorable al beneficiario, aplicando la fórmula anterior únicamente si ofreciera un resultado mejor.

Fuente: Clarín

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