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title: "Condenan a dos militares por brutales maltratos durante instrucción en Mendoza"
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description: "Los hechos ocurrieron en 2015 dentro del Ejército Argentino. La Justicia consideró que los abusos no fueron parte del entrenamiento, sino delitos."
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date_published: "2025-08-01T18:55:00-03:00"
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tags:
  - "aspirantes"
  - "condena"
  - "Ejército Argentino"
  - "Mendoza"
author_name: "REDACCIÓN"
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category_name: "Policiales"
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# Condenan a dos militares por brutales maltratos durante instrucción en Mendoza

![Regimiento donde se produjeron los hechos](/download/multimedia.normal.8187941f8b7624ba.bm9ybWFsLndlYnA=.webp)

*Regimiento donde se produjeron los hechos*

El Tribunal Oral Federal N.º 1 de Mendoza condenó a dos militares del Ejército Argentino por aplicar **brutales maltratos físicos y psicológicos contra aspirantes durante su etapa de instrucción en 2015,** en la Compañía de Comunicaciones de Montaña 8. **Lucas Ezequiel Daure y Sixto Julián Pucheta fueron hallados culpables por los abusos** cometidos en el marco de los llamados “chasquis de guerra”, supuestos ritos de iniciación sin respaldo reglamentario.

**Daure, cordobés y exjefe del Núcleo de Instrucción Básico (NIB), recibió una pena de un año y medio de prisión condicional e inhabilitación especial** para ejercer funciones en fuerzas de seguridad, mientras que **Pucheta fue condenado a un año de prisión, también condicional.**Ambos evitarán la cárcel, pero quedaron señalados penalmente por prácticas prohibidas y vejatorias.

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La investigación se inició tras denuncias internas dentro del propio Ejército, lo que permitió abrir un proceso judicial con pruebas concluyentes. **Durante el juicio se comprobó que los aspirantes eran víctimas de golpizas, insultos, ataduras, descargas eléctricas y asfixias** simuladas con bolsas de nylon, todo bajo el pretexto de una supuesta formación de carácter extremo.

El tribunal fue tajante al afirmar que**Daure y Pucheta “abusaron de su poder con la clara intención de humillar y someter”** a los jóvenes soldados. La sentencia desestimó cualquier justificativo vinculado al entrenamiento militar y remarcó que se trató de delitos dolosos.

Estas prácticas **se realizaban como parte de un mecanismo informal y violento, sin regulación alguna**, que forma parte de una lógica disciplinaria no escrita pero históricamente tolerada en algunas estructuras militares. En este caso, la Justicia rompió con esa tradición, calificando los hechos como punibles.

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**Las víctimas eran aspirantes que recién comenzaban su carrera militar** y que fueron sometidos a estos abusos sin posibilidad de negarse, dentro de una cadena de mando que utilizaba el miedo como herramienta de control. El fallo representa un freno simbólico y legal a esa cultura de maltrato.

El caso de Mendoza se suma a otros precedentes que han comenzado a emerger en los últimos años, donde**se revisan los límites del entrenamiento militar y se cuestionan prácticas históricas naturalizadas como “bautismos” o “pruebas de temple”.**

Para organismos de derechos humanos y abogados querellantes, **el veredicto es un paso hacia la erradicación definitiva de métodos degradantes**en el ámbito castrense, y pone en evidencia la necesidad de revisar los procesos formativos en las fuerzas armadas.

**Fuente: N A**

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