---
canonical_url: "https://lu17.com/contenido/97262/portales-de-venta-deberan-exhibir-el-boton-de-arrepentimiento-y-el-de-baja-de-se"
title: "Portales de venta deberán exhibir el “botón de arrepentimiento” y el de baja de servicios"
article_type: "Article"
description: "El Ministerio de Economía dispuso que todas las plataformas digitales incorporen herramientas simples para cancelar compras y dar de baja servicios contratados."
main_image: "https://lu17.com/download/multimedia.normal.8f1b3b7013fab547.bm9ybWFsLndlYnA%3D.webp"
date_published: "2025-09-04T09:57:00-03:00"
date_modified: "2025-09-04T10:04:22-03:00"
tags:
  - "comercio electrónico"
  - "compras online"
  - "consumidores"
  - "plataformas digitales"
author_name: "REDACCIÓN"
author_url: "https://lu17.com/usuario/10/redaccion"
category_name: "Actualidad"
category_url: "https://lu17.com/categoria/2/actualidad"
category_description: "Enterate de las últimas noticias de actualidad en LU17.com: información confiable, análisis y tendencias nacionales, internacionales, interés general y energía."
---

# Portales de venta deberán exhibir el “botón de arrepentimiento” y el de baja de servicios

![Comercio electrónico](/download/multimedia.normal.8f1b3b7013fab547.bm9ybWFsLndlYnA=.webp)

*Comercio electrónico*

El Ministerio de Economía oficializó una nueva normativa destinada a reforzar los derechos de los usuarios en el comercio electrónico. **Todos los proveedores que comercialicen bienes o servicios a distancia deberán habilitar en sus sitios web un “Botón de Arrepentimiento” y un “Botón de Baja de Servicios”, visibles y de fácil acceso.**

La medida quedó establecida en la Disposición 954/2025 de la Subsecretaría de Defensa del Consumidor y Lealtad Comercial. La norma unifica y actualiza la regulación sobre contratación a distancia, con el objetivo de simplificar trámites y dar mayor transparencia a las operaciones digitales.

**El “Botón de Arrepentimiento” permitirá a los consumidores revocar la aceptación de un producto o servicio** en un plazo de diez días corridos desde la compra. En tanto, **el “Botón de Baja de Servicios” servirá para rescindir contratos**sin necesidad de registración previa ni requisitos adicionales.

---

**OTRAS NOTICIAS:**

Hallaron 417 kilos de cocaína durante un operativo: hay ocho detenidos

---

La disposición establece que **las empresas deberán notificar al usuario dentro de las 24 horas posteriores.**El consumidor recibirá un código de identificación de su gestión y la baja o revocación tendrá que efectivizarse en ese mismo lapso.

Otro aspecto regulado es la atención al cliente. **Las compañías deberán garantizar un servicio de al menos ocho horas diarias en días hábiles, tanto por canales telefónicos como digitales.**

La normativa contempla excepciones para rubros específicos. **Las entradas a espectáculos, eventos deportivos y servicios turísticos con fechas definidas podrán cancelarse solo hasta 24 horas antes.**También quedan excluidos productos perecederos, bienes ya consumidos o compras con fines de reventa.

---

**OTRAS NOTICIAS:**

Incautan un camión con 306.000 atados de cigarrillos de contrabando

---

**Los proveedores tendrán un plazo de 60 días corridos para adecuar sus plataformas digitales.** El incumplimiento será sancionado bajo los términos de la Ley 24.240 de Defensa del Consumidor, que prevé multas económicas y otras medidas correctivas.

Fuente: NA.

---

*Contenido creado y optimizado para IA con [Medios CMS](https://medios.io)* — Plataforma profesional para la gestión de medios digitales y portales de noticias.
