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title: "Declaran la emergencia agropecuaria en Buenos Aires y San Juan por inundaciones y granizo"
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description: "El Ministerio de Economía oficializó la medida tras los daños climáticos en producciones rurales y frutihortícolas. Los productores accederán a beneficios."
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date_published: "2025-09-04T16:07:00-03:00"
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tags:
  - "Buenos Aires"
  - "emergencia"
  - "granizo"
  - "inundaciones"
  - "San Juan"
author_name: "REDACCIÓN"
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# Declaran la emergencia agropecuaria en Buenos Aires y San Juan por inundaciones y granizo

![campos inundados](/download/multimedia.normal.9aa4c9e4dde640bf.bm9ybWFsLndlYnA=.webp)

*campos inundados*

El Ministerio de Economía declaró este jueves el estado de emergencia y/o desastre agropecuario en las provincias de Buenos Aires y San Juan, debido a los**graves efectos de inundaciones y granizo que afectaron a numerosas explotaciones rurales.**

La decisión se formalizó mediante las Resoluciones 1305/2025 y 1306/2025 publicadas en el Boletín Oficial, y **establece los plazos, zonas y cultivos alcanzados por el régimen previsto en la Ley 26.509.**

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En el caso de**Buenos Aires, la emergencia rige entre el 1° de marzo y el 31 de agosto de 2025**, con impacto en distintas circunscripciones de los partidos de Puán, Tornquist, Nueve de Julio, Carlos Casares, General Lamadrid, Coronel Suárez, Guaminí, Bolívar, Tapalqué, Veinticinco de Mayo, Saladillo y Roque Pérez.

Las explotaciones alcanzadas se vieron afectadas por inundaciones que dañaron campos y cultivos. **La fecha de finalización del ciclo productivo se fijó para el 31 de agosto de este año**, a fin de ordenar el acceso a beneficios fiscales y crediticios.

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En paralelo, para la provincia de **San Juan se declaró la emergencia desde el 1° de abril de 2025 hasta el 31 de marzo de 2026.** El motivo es la caída de granizo y la presencia de Peronóspora, enfermedad que afecta a diversos cultivos.

**Los departamentos incluidos son:** Angaco, 9 de Julio, Caucete, Chimbas, Sarmiento, Santa Lucía, Pocito, Rivadavia, Rawson, San Martín, Zonda, Iglesia, 25 de Mayo, Albardón, Ullum y Jáchal, con especial impacto en producciones frutihortícolas.

La medida alcanza a cultivos como**vid, membrillo, alfalfa, almendros, duraznos, granada, nogal, manzana, pera, cereza, ciruela, olivo, pistacho, tomate, melón, sandía, cebolla y hortalizas en general**, que sufrieron pérdidas importantes durante la última campaña.

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Para acceder a los beneficios previstos por la normativa, **los productores deberán presentar certificados emitidos por las autoridades provinciales** que acrediten el alcance del daño en sus predios. Luego, las provincias enviarán los listados a la Secretaría Técnica Ejecutiva de la Comisión Nacional de Emergencias y Desastres Agropecuarios.

Las instituciones bancarias nacionales, oficiales o mixtas, junto con la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), deberán**garantizar que los productores accedan a las herramientas de alivio establecidas** en los artículos 22 y 23 de la Ley 26.509 y el decreto 1712/2009.

A su vez, la **Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca fue instruida para celebrar convenios que faciliten la aplicación de estas medidas**, en coordinación con las provincias afectadas y los organismos de crédito.

Fuente: N A

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