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title: "Los quitaron de la sucesión por contratar al sicario que mató a su padrastro"
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description: "El tribunal ratificó la indignidad sucesoria y cerró el paso a la herencia para José y Luis, condenados por el homicidio del comerciante en 2017."
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# Los quitaron de la sucesión por contratar al sicario que mató a su padrastro

![Culpables del crimen reeditada digitalmente por LA17 FOTO LA OPINIÓN AUSTRAL](/download/multimedia.normal.beafc424fd7e7627.bm9ybWFsLndlYnA=.webp)

*Culpables del crimen reeditada digitalmente por LA17 FOTO LA OPINIÓN AUSTRAL*

**La Cámara de Apelaciones confirmó la exclusión de los bienes de la sucesión de Vicente Maillo para José Maximiliano y Luis Gabriel, y dejó firme la declaración de indignidad dictada en primera instancia.** Con la firma del juez subrogante Nelson Sánchez, el tribunal rechazó el recurso de los demandados y sostuvo que la resolución anterior se apoyó en pruebas suficientes y coherentes con la causa penal.

La decisión remite a mayo de 2024, cuando el juez civil Francisco Marinkovic aceptó la demanda de los hermanos de la víctima, Petra Orfelia, Ana Gloria y Ernesto Pablo, representados por los abogados Erica Schupbach y Lucio De la Vega. **El fallo inicial “declaró la indignidad” de los hijastros y dispuso su exclusión de la herencia de Vicente Agustín Maillo**, medida que ahora ratificó la alzada tras revisar argumentos y antecedentes.

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El expediente civil se tramitó en paralelo al historial penal del caso. **La investigación estableció que el 16 de noviembre de 2017, mientras Maillo dormía en su casa de Río Gallegos, un sicario lo atacó a puñaladas**. La Justicia concluyó que el asesinato se planificó dentro del entorno familiar y condenó a prisión perpetua a Claudia Susana Reina, pareja de la víctima, y a sus hijos José y Luis, además de quien ejecutó el crimen, Christian Etchebarne.

Antes del homicidio, el vínculo familiar transcurrió durante años dentro de los comercios que sostuvo la economía del hogar. **Vicente reconoció a los jóvenes, los crió, los mantuvo y les dio trabajo en “Bazar Doña Ana” y “Casa Maillo”**, según surge de la acción civil. Con el tiempo, la relación se quebró y el vínculo laboral quedó roto.

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El móvil económico se convirtió en el eje de la acusación. **La abogada querellante sostuvo que “Vicente había decidido separarse de Reina cuando regresara de sus vacaciones en el Caribe, adonde tenía planificado llevar a sus empleados”**, y que esa decisión tensó al extremo la convivencia. La resolución también consignó que **“la relación estaba sumamente deteriorada, al igual que la de Vicente con José, a quien había desvinculado de sus negocios hace algún tiempo por malos manejos”**.

**La sentencia penal dio por probado que la madre y los dos hijos planearon el ataque y contrataron a Etchebarne en Buenos Aires**, quien viajó a Santa Cruz y consumó el homicidio. El cuadro probatorio de la causa penal sirvió de sustento a la acción de indignidad en el fuero civil, donde se exigía evaluar conductas gravemente lesivas hacia el causante para apartar del acervo a quienes participaron del crimen.

Al analizar la apelación, la Cámara ponderó la consistencia entre ambos expedientes y la entidad de los hechos. **El tribunal afirmó que la exclusión hereditaria resulta compatible con la conducta acreditada**, y que la primera instancia aplicó correctamente las normas de indignidad sucesoria frente a un homicidio cometido en perjuicio del causante por beneficiarios directos.

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El impacto del pronunciamiento también tiene un costado humano. **“Hubiera esperado que no se demorara tanto el fallo; ellas necesitan esta tranquilidad, de saber que van a poder disponer del dinero de Vicente”**, expresó Schupbach tiempo atrás, al reclamar una salida definitiva para su madre y su tía. En la misma línea, remarcó que el patrimonio refleja años de trabajo familiar y que **“no vaya para estas lacras”**.

Con esta resolución, la defensa de José y Luis sólo conserva la vía de la casación ante el Tribunal Superior de Justicia. **Las chances de revertir el resultado lucen acotadas por la contundencia de las decisiones previas**, aunque esa estrategia procesal aún queda abierta.

Fuente: La Opinión Austral

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