Casación garantizó el derecho a estudiar en cárceles federales y anuló las limitaciones impuestas

Actualidad06/11/2025REDACCIÓNREDACCIÓN
Cárcel (Imagen mejorada con IA. Foto ilustrativa)
Cárcel (Imagen mejorada con IA. Foto ilustrativa)

La Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional resolvió anular la medida que había reducido el tiempo de permanencia de los presos en los centros universitarios del Servicio Penitenciario Federal (SPF). La decisión fue tomada por la Sala III, que hizo lugar al recurso presentado por la Procuración Penitenciaria de la Nación (PPN) y la Defensoría General de la Nación (DGN), organismos que denunciaron la vulneración del derecho a la educación en contextos de encierro.

El fallo revierte una disposición del Ministerio de Seguridad, dictada a través de la Resolución 372/2025, que había restringido la actividad educativa dentro de los penales. La norma no solo limitaba a seis horas semanales la permanencia en los espacios universitarios, sino que también prohibía el funcionamiento de centros de estudiantes y restringía el acceso a bibliotecas, computadoras y actividades extracurriculares.


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Según el pronunciamiento judicial, la resolución carecía de sustento legal y no surgió de un proceso real de diálogo entre las partes, lo que la tornaba arbitraria. Los camaristas subrayaron que el derecho a la educación tiene jerarquía constitucional y debe garantizarse en igualdad de condiciones para todas las personas, estén o no privadas de libertad.

La decisión se produce luego de meses de reclamos y presentaciones judiciales. En abril, un juzgado de primera instancia había suspendido parcialmente la aplicación de la norma, pero las instancias de conciliación posteriores no prosperaron ante la negativa del SPF a revisar sus restricciones. Tras el rechazo de un recurso de apelación, la cuestión llegó a Casación, que finalmente dio la razón a los organismos de derechos humanos.


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El tribunal sostuvo que “la educación es una herramienta esencial de inclusión y reinserción social”, y que cualquier intento de limitarla debe superar un control estricto de constitucionalidad. En consecuencia, ordenó al juez de primera instancia reabrir la mesa de diálogo, asegurando la participación de los estudiantes detenidos, las universidades y las autoridades penitenciarias.

Fuente: NA.

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