La IGJ rechazó nombrar veedores en la AFA y la Liga y dijo que el pedido resulta prematuro

Deporte26/12/2025Sergio BustosSergio Bustos
AFA
la IGJ no aconseja la intervención de AFA.

La Inspección General de Justicia (IGJ) rechazó el pedido para designar veedores en la Asociación del Fútbol Argentino (AFA), presidida por Claudio “Chiqui” Tapia, y en la Liga Profesional de Fútbol. La decisión la firmó el titular del organismo, Daniel Vítolo, y se apoyó en fundamentos legales y administrativos. En la resolución, la IGJ calificó la solicitud como “prematura” y marcó límites sobre su intervención en asociaciones civiles deportivas.

El planteo lo presentó la diputada porteña Graciela Ocaña, que solicitó la designación de un veedor para supervisar la gestión de la AFA y de la estructura de la Liga. Según el texto, la legisladora buscó un control que garantice que las entidades se mantengan dentro del marco legal y no se utilicen para la comisión de delitos. Ocaña sostuvo que la medida no alteraría el vínculo con organismos internacionales del fútbol ni perjudicaría a los clubes.

El pedido se inscribió en un contexto de actuaciones previas de la IGJ sobre documentación contable. La semana anterior, el organismo intimó a la AFA y a la Liga para que expliquen rubros observados en los balances presentados. En esa línea, también citó a los auditores que firmaron los estados contables, con el objetivo de obtener precisiones sobre la información incorporada.


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En su presentación, Ocaña argumentó que la veeduría funcionaría como una herramienta de control sin interferir en la vida deportiva. En ese marco, incluyó una frase textual sobre el propósito del veedor: “Las funciones que se le asignen a ese veedor sólo serían un impedimento para que la AFA delinca o viole la ley, como lo habría hecho hasta ahora a tenor de las investigaciones y las pruebas que están siendo obtenidas por la Justicia en diversos procesos”. La solicitud, según el texto, también alcanzó a la estructura de la Liga Profesional.

La IGJ respondió que todavía no se completaron etapas del trámite administrativo en marcha. Según la resolución, el organismo no recibió respuestas de la AFA ni de la Liga a los requerimientos de explicaciones sobre los balances. Para la IGJ, esa falta de contestación impide avanzar con una medida extraordinaria como la designación de un veedor en este momento, porque el proceso administrativo aún sostiene instancias pendientes.

Otro punto central del rechazo se apoyó en la competencia del organismo. La resolución afirmó: “La IGJ no es competente para disponer una intervención administrativa (aún en grado de veeduría) en asociaciones civiles como son la AFA y la Superliga, sino que ello es resorte exclusivo del Ministerio de Justicia”. Con esa definición, la IGJ delimitó su alcance y sostuvo que una medida de ese tipo depende de otra autoridad estatal.

La decisión también incorporó el calendario de plazos legales para responder a las intimaciones. La IGJ explicó que no puede recomendar un veedor mientras no venzan los plazos para que las entidades y los profesionales que firmaron los estados contables contesten. Ese plazo se extiende hasta fines de enero de 2026, y la resolución advirtió que una medida en esta etapa podría superponerse con otras actuaciones.


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En el texto oficial, el organismo expresó un criterio de cautela sobre investigaciones en curso. La resolución indicó: “Recomendar la designación de un veedor en este momento podría interferir en otras medidas dispuestas por tribunales judiciales que investigan eventuales ilícitos”. En la misma línea, la IGJ sostuvo que “momentáneamente no están dadas las condiciones para una veeduría”, y además cuestionó el alcance del pedido presentado.

Sobre ese punto, la IGJ consideró que la solicitud carece de precisión suficiente para sostener una medida de supervisión con el alcance pretendido. En la resolución, el pedido fue calificado como “absolutamente genérico” y sin referencia a hechos concretos que habiliten la figura de un veedor informante. Con ese argumento, el organismo concluyó que el planteo no se conecta con cuestiones específicas, sino con un control global que excede sus facultades.

Con el rechazo, el trámite administrativo continúa con el foco puesto en las respuestas que deberán presentar la AFA y la Liga dentro de los plazos vigentes. La resolución dejó asentado que cualquier fiscalización extraordinaria deberá esperar la finalización del procedimiento actual y, en todo caso, se encuadrará en competencias que el organismo atribuyó al Ministerio de Justicia. En paralelo, la atención también queda sobre el curso de las investigaciones judiciales mencionadas en la presentación.

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