Intiman al Servicio Penitenciario a cumplir un fallo firme por trabajo y salarios de presos

Actualidad30/12/2025REDACCIÓNREDACCIÓN
Complejo penitenciario
Complejo penitenciario

El juez federal Federico Hernán Villena, titular del Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional N° 1 de Lomas de Zamora, intimó al Servicio Penitenciario Federal (SPF) a cumplir un fallo judicial firme que ordena liquidar el peculio de las personas privadas de la libertad conforme a la Ley de Contrato de Trabajo. La resolución incluyó la advertencia de multas diarias (astreintes) y la eventual configuración del delito de desobediencia ante un nuevo incumplimiento.

La decisión se dictó en el marco de un habeas corpus colectivo promovido por internos del Complejo Penitenciario de Ezeiza. En la presentación, los detenidos denunciaron una reducción indebida del peculio asociada a la disminución de horas laborales y a la falta de pago de licencias justificadas. El tribunal evaluó esas quejas a la luz de antecedentes ya resueltos.


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El juez recordó que la sentencia de fondo fue dictada en mayo de 2019 por la Cámara Federal de Apelaciones de La Plata. Ese pronunciamiento quedó firme en diciembre de 2023 y, pese a ello, no fue cumplido por la autoridad penitenciaria, lo que motivó nuevas medidas de coerción.

En su resolución, Villena rechazó los argumentos del SPF basados en resoluciones administrativas del Ministerio de Seguridad y en instructivos internos. Para el magistrado, esas normas no sustituyen ni neutralizan una sentencia firme ni establecen un cronograma verificable de adecuación del pago del peculio a la normativa laboral vigente.


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Como consecuencia, el juez intimó personalmente al director nacional del SPF, Fernando Julián Martínez, a presentar en el plazo de 20 días hábiles un cronograma detallado para adecuar la liquidación del peculio conforme a la Ley de Contrato de Trabajo. La orden incluyó apercibimientos concretos en caso de incumplimiento.

La resolución previó la aplicación de astreintes diarias si no se cumple con lo ordenado y dejó abierta la posibilidad de avanzar por desobediencia judicial. Además, el tribunal dispuso notificaciones personales y un control estricto de la ejecución hasta que cese la vulneración de derechos denunciada.


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El planteo judicial puso el foco en la relación entre trabajo intramuros y remuneración, un eje que ya había sido abordado por la Cámara platense al equiparar el peculio con parámetros de la legislación laboral. Ese criterio fue reafirmado ahora al exigir una implementación efectiva y verificable.

Desde el juzgado se remarcó que la persistencia del incumplimiento, pese a la firmeza del fallo, agrava la situación institucional y habilita medidas más severas. La exigencia de un cronograma apunta a evitar nuevas dilaciones y a permitir el seguimiento del proceso de adecuación.

El caso vuelve a colocar bajo examen el cumplimiento de decisiones judiciales por parte de organismos administrativos. Con la intimación vigente, el SPF deberá acreditar avances concretos en los plazos fijados o enfrentar sanciones económicas y eventuales responsabilidades penales.

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