
Micros de larga distancia: habilitan nuevos sistemas para identificar equipajes y encomiendas
Actualidad13/01/2026
REDACCIÓN
El Gobierno nacional aprobó un nuevo régimen para la identificación y trazabilidad de equipajes y encomiendas en los micros de larga distancia, una medida que modifica el esquema vigente y otorga a las empresas libertad para elegir el sistema con el que vinculan cada valija o paquete con su pasajero.


La decisión quedó formalizada mediante la Resolución 4/2026, publicada en el Boletín Oficial, y elimina la obligación de utilizar etiquetas y fajas físicas con diseños impuestos por el Estado. A partir de ahora, las transportistas podrán optar por dispositivos documentales y/o tecnológicos propios, siempre que aseguren la trazabilidad del equipaje.
OTRAS NOTICIAS:
Entre las alternativas habilitadas se incluyen códigos impresos en el pasaje, códigos QR o electrónicos asociados, registros digitales integrados al sistema de ticketing, etiquetas impresas por la propia empresa u otros mecanismos que garanticen la vinculación inequívoca entre el pasajero y su bulto.
Desde la Secretaría de Transporte aclararon que los sistemas elegidos deberán garantizar seguridad, inviolabilidad y correspondencia clara con el propietario del equipaje. Además, deberán armonizar con dispositivos utilizados en la región y en servicios internacionales hacia países limítrofes.
OTRAS NOTICIAS:
La normativa mantiene obligaciones para los transportistas en materia de conservación y rendición de datos, con el objetivo de facilitar reclamos y la emisión de comprobantes de despacho. En caso de pérdida o deterioro, siguen vigentes las indemnizaciones establecidas por la Resolución 47/1995.
El nuevo régimen también fija una condición estricta: el equipaje que no cuente con un dispositivo de seguridad identificado no podrá ser despachado. En esas situaciones, el pasajero pierde el derecho a cualquier compensación, según lo establece el texto oficial.
OTRAS NOTICIAS:
En ese marco, la resolución derogó el esquema anterior al sostener que “se entiende conveniente dejar sin efecto el régimen anterior y permitir a los transportistas la libre elección de mecanismos que garanticen la trazabilidad”, en línea con una política de simplificación normativa.
La medida se inscribe en los lineamientos del Decreto 70/2023, orientado a remover restricciones normativas que afectan la operatoria del mercado y la iniciativa privada. Pese al cambio, el Estado mantiene la fiscalización del procedimiento.
OTRAS NOTICIAS:
La Comisión Nacional de Regulación del Transporte continuará como organismo de control, con foco en verificar la efectividad de la trazabilidad y la seguridad del sistema elegido, dejando de lado la comprobación de diseños físicos preestablecidos.
La normativa alcanza a servicios públicos interjurisdiccionales, tráfico libre, servicios ejecutivos, turismo nacional e internacional. Entrará en vigencia dentro de 60 días, con un plazo de transición para que las empresas adapten sus sistemas. Además, deberán informar a la CNRT y a la Subsecretaría de Transporte Automotor los mecanismos adoptados 30 días antes de su aplicación, bajo apercibimiento de sanciones.
OTRAS NOTICIAS:
El cambio se suma a la creación del Registro Nacional de Transporte Automotor de Pasajeros, que unificó registros del sector y simplificó la gestión administrativa.
Fuente: NA.

















