
Jurado popular declaró culpable a un hombre por exceso en legítima defensa en Trevelin
Policiales12/02/2026
REDACCIÓN
Tras tres jornadas de juicio, doce ciudadanos consideraron probado el planteo fiscal por la muerte de Walter Pardo. La pena se definirá el 20 de febrero.


El juicio por la muerte de Walter Arturo Pardo, ocurrida en septiembre de 2024 en Trevelin, concluyó con un veredicto de culpabilidad bajo una figura intermedia del Código Penal. Un jurado popular declaró responsable a Rodrigo Modesto Sánchez por homicidio cometido con exceso en la legítima defensa, tras varias horas de deliberación. La decisión se conoció este jueves por la tarde, luego de tres jornadas de debate oral y público.
La resolución fue leída en audiencia por la presidenta del jurado, quien expresó: “Nosotros, el Jurado, encontramos al acusado Rodrigo Modesto SÁNCHEZ, CULPABLE del delito de HOMICIDIO COMETIDO CON EXCESO DE LA LEGÍTIMA DEFENSA, conforme el requerimiento de la Fiscalía”. De esta manera, los doce ciudadanos avalaron la postura planteada por el Ministerio Público Fiscal durante los alegatos finales. El juez técnico convocó a las partes para formalizar el anuncio.
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La figura elegida implica que existió una agresión previa que justificó una reacción defensiva, pero que esa respuesta resultó desproporcionada. El encuadre se apoya en el artículo 35 del Código Penal, que contempla el exceso en la legítima defensa cuando se superan los límites necesarios para repeler un ataque. El veredicto descartó tanto la absolución plena como la calificación de homicidio simple.
Durante el juicio, las partes expusieron interpretaciones divergentes sobre lo ocurrido en la madrugada del 16 de septiembre de 2024 en el barrio Alborada. Según la reconstrucción presentada por la Fiscalía, Pardo inició una secuencia de agresiones violentas bajo los efectos del alcohol, con un registro de 2,07 g/l en sangre. Esa circunstancia fue parte del análisis probatorio.
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El Ministerio Público Fiscal sostuvo que el acusado actuó para defenderse y proteger a su pareja ante una agresión real. Sin embargo, argumentó que el uso de un cuchillo y la puñalada en el tórax configuraron una respuesta que excedió los límites de la legítima defensa. Esa tesis fue la que finalmente obtuvo respaldo mayoritario en el jurado.
La querella, en cambio, había solicitado una condena por homicidio simple al considerar que no existía una amenaza que justificara la muerte. La defensa pidió la absolución y sostuvo que el acusado actuó dentro de los márgenes legales de la legítima defensa sin incurrir en exceso. El veredicto se ubicó en un punto intermedio entre ambas posturas.
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El proceso se desarrolló bajo el sistema de juicio por jurados vigente en Chubut, donde ciudadanos seleccionados deben resolver la responsabilidad penal. Tras escuchar testimonios y pericias, el cuerpo deliberó durante varias horas antes de alcanzar una decisión unánime. El rol del juez técnico quedó circunscripto a cuestiones procesales y a la posterior fijación de pena.
Con la declaración de culpabilidad ya emitida, el expediente avanza hacia la etapa de cesura de pena. Según informó el Ministerio Público Fiscal, la audiencia correspondiente se realizará el viernes 20 de febrero. En esa instancia se debatirá la sanción concreta que deberá cumplir Sánchez.














