La causa por el robo a la Farmacia Gutiérrez en Trelew pasa a juicio por jurados

Policiales19/02/2026REDACCIÓNREDACCIÓN

El expediente por el asalto a Farmacia Gutiérrez deja el tribunal colegiado y pasa a juicio por jurados. La Fiscalía sostuvo que ya no hay menores imputados y la ley obliga el cambio.

Fiscalía Trelew
Fiscalía Trelew

En Trelew, una causa que se movía con lógica de tribunal técnico quedó reencauzada por una decisión que cambia el escenario del juicio y, sobre todo, quién tomará la decisión final. El expediente por el robo a Farmacia Gutiérrez, con armas y maniobras violentas según la acusación, se encamina ahora hacia un juicio por jurados. La resolución llegó tras un planteo fiscal que apuntó al corazón del trámite: la competencia del tribunal que debía juzgar el caso.

La discusión no giró alrededor de un detalle formal, sino de una condición que ya no existe. En su presentación, la Fiscalía sostuvo que el proceso se había radicado originalmente ante un tribunal colegiado por la presencia de imputados menores de edad, que por régimen no podían ser juzgados por jurados. Esa variable, sin embargo, cambió con el cierre de acuerdos abreviados y dejó solo adultos en condiciones de ir a debate.


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La fiscal general Julieta Gamarra pidió que se declare la incompetencia del tribunal técnico para intervenir en la etapa de juicio y se remitan las actuaciones para aplicar el procedimiento previsto en la Ley XV Nro. 30. En ese escrito, la acusación remarcó que la razón que justificaba un tratamiento unificado —economía procesal, evitar dos debates y dobles declaraciones— se sostenía en la coexistencia de regímenes para mayores y menores. Al quedar los menores fuera, esa “excepción” perdió sustento.

El cambio de escenario quedó definido a partir de lo ocurrido el 16 de enero de 2026, cuando los dos imputados menores —los únicos alcanzados por la Ley de Minoridad— celebraron acuerdos de juicio abreviado. Esos acuerdos, según el texto, fueron homologados por la jueza penal María Tolomei, y con esa homologación los menores quedaron definitivamente excluidos de la instancia de debate. Desde entonces, el caso quedó centrado en cuatro personas adultas: Mauro Alejandro Cornejo, Martín Darío Hernández, Alexander Adam Segura y Gisella Magali Saavedra.


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La historia procesal del expediente muestra por qué la discusión llegó a este punto. En septiembre de 2025 se hizo una audiencia preliminar respecto de dos menores y la causa fue elevada a juicio por la jueza Carolina Marín, que designó un tribunal técnico colegiado. Luego, en la audiencia preliminar del 15 de octubre de 2025 para los imputados mayores, el juez Javier Allende resolvió que, para todos —mayores y menores— correspondía un tribunal técnico colegiado, tomando argumentos defensivos vinculados a evitar duplicaciones y riesgos procesales.

La Fiscalía, no obstante, sostuvo que respecto de los mayores correspondía un juicio por jurados por la escala penal prevista, y que la designación del tribunal técnico respondió a una situación puntual, no a una regla permanente. Con los menores ya fuera del juicio, el Ministerio Público Fiscal volvió sobre la cuestión y planteó que el procedimiento con jurados no es optativo. Ese punto se volvió central en la respuesta del tribunal.


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El tribunal colegiado respondió con una resolución firmada por las juezas Anahí Eve Ponce y Mirta Moreno y el juez Gustavo Castro. En ese texto, los magistrados señalaron que lo decidido con anterioridad puede reconsiderarse porque están en juego normas de orden público, “indisponibles para las partes y el tribunal”. El fallo remarcó además que el artículo 2 de la Ley XV Nro. 30 establece que la integración con jurados es “obligatoria e irrenunciable”.

El análisis judicial ubicó la causa dentro de los supuestos alcanzados por esa obligación. Según la resolución, se trata de hechos cometidos entre febrero y marzo de 2024 y, por la calificación legal contenida en la acusación pública, la pena máxima en abstracto supera el umbral que activa el procedimiento popular. Con esa lectura, el tribunal concluyó que el trámite debía ser por jurados desde el inicio, y que el cambio de condiciones procesales elimina el argumento que permitía la excepción.


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Por unanimidad, con fecha 18 de febrero de 2026, el tribunal declaró su incompetencia para intervenir y dio intervención a la Oficina Judicial de Trelew para que designe un juez técnico, resuelva cuestiones pendientes e implemente el procedimiento de juicio por jurados. El expediente, entonces, no solo cambia de formato: cambia de actores dentro del sistema y de dinámica en la discusión probatoria.

La acusación fiscal describe un hecho que explica por qué la escala penal se vuelve determinante. Según la fiscal general Julieta Gamarra, el domingo 4 de febrero de 2024 cerca de las 14, seis hombres ingresaron a la farmacia portando armas de fuego y una maza de grandes dimensiones, y maniataron a dos empleadas. En el exterior, siempre según la acusación, al menos una persona aguardaba asegurando la zona, y luego todos se retiraron en un vehículo. El botín denunciado incluye 26 mil dólares y 4 millones de pesos, además de sobres con recaudación diaria.


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En el mismo marco, el texto agrega que los acusados tendrían participación en otros hechos, entre ellos robos de vehículos y un asalto del 16 de abril de 2024 en metalúrgica León, también en Trelew. La pieza informativa detalla, además, las calificaciones: Martín Darío Hernández quedó acusado por robo doblemente agravado en poblado y en banda con arma de fuego apta para disparo; Mauro Alejandro Cornejo enfrenta múltiples imputaciones, incluido el hecho de la farmacia, una tentativa del 20 de febrero de 2024, encubrimientos y participación necesaria en el robo a la metalúrgica; Alexander Adam Segura aparece con calificaciones similares en concurso real; y Gisella Magali Saavedra figura por encubrimientos agravados y participación necesaria en el hecho de abril.

Mientras el caso se reordena hacia el nuevo formato, las medidas de coerción siguen marcando el pulso del expediente. En la audiencia preliminar se dispuso la continuidad de la prisión preventiva para Mauro Alejandro Cornejo y Alexander Segura, con argumentos vinculados a antecedentes, gravedad y expectativa de pena, y con la conclusión de que subsiste el peligro de fuga. Con el juicio por jurados ya encaminado, esas definiciones también se vuelven parte del terreno donde se jugarán los próximos movimientos.

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