La Justicia ratificó la perpetua para el acusado de matar a un policía en Cushamen

Policiales06/03/2026REDACCIÓNREDACCIÓN

La Cámara Penal de Esquel confirmó el veredicto del jurado popular que condenó a Néstor Gastón Nahuelquir por el homicidio del efectivo Adrián Nahuelquir ocurrido en 2023.

prisión perpetua para Gastón Nahuelquir
prisión perpetua para Gastón Nahuelquir

La revisión del juicio por jurados terminó con una decisión contundente de la Cámara en lo Penal de Esquel, que ratificó la condena a prisión perpetua para Néstor Gastón Nahuelquir. Los magistrados confirmaron que el veredicto dictado en primera instancia se apoyó en pruebas sólidas y en una reconstrucción clara del ataque ocurrido en el interior de Cushamen.

El tribunal evaluó los planteos de la defensa y analizó la prueba presentada durante el debate oral antes de confirmar la sentencia. En su resolución sostuvo que el jurado actuó dentro de una “lógica probatoria legítima”, por lo que no existían elementos para cuestionar la decisión adoptada durante el juicio.


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La condena está vinculada al homicidio de Adrián Nahuelquir, efectivo de la Policía del Chubut, ocurrido durante la madrugada del 24 de diciembre de 2023 en el Paraje Blancura. El episodio se produjo en medio de una reunión vecinal conocida como “señalada”, un encuentro tradicional que reúne a pobladores rurales.

Durante el juicio se estableció que el condenado se acercó a la víctima mientras conversaba con otras personas. Según la reconstrucción presentada en el debate, el ataque ocurrió de manera repentina cuando el agresor se aproximó por la espalda.


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En ese momento, Nahuelquir utilizó un cuchillo de grandes dimensiones para asestar una puñalada mortal. La Cámara coincidió con la acusación en que la víctima no tuvo posibilidad de defensa debido a la forma sorpresiva en la que se produjo el ataque.

Uno de los puntos centrales del fallo fue la confirmación de la agravante de alevosía, que implica actuar de manera traicionera y sin riesgo para el agresor. Los jueces señalaron que el ataque fue tan rápido que ni siquiera las personas que estaban cerca pudieron intervenir para evitarlo.


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La defensa del condenado había cuestionado ese encuadre jurídico. Sostuvo que, al encontrarse la víctima rodeada de otras personas, no existía una situación de indefensión que justificara la agravante.

Sin embargo, los magistrados descartaron ese argumento. En su análisis coincidieron con la Fiscalía en que el ataque fue ejecutado de forma sorpresiva y sin advertencia previa, lo que impidió cualquier reacción por parte de quienes estaban presentes.


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Otro elemento que el tribunal consideró probado fue el agravante de odio a la autoridad. Durante el juicio se incorporaron testimonios que indicaron que el agresor expresó frases contra la víctima vinculadas a su condición de policía.

Entre esas expresiones se mencionó la frase “toma, milico de mierda”, pronunciada inmediatamente después del ataque. Para los jueces, ese dato resultó relevante para establecer que el crimen estuvo motivado por la pertenencia institucional de la víctima.


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La resolución también destacó el trabajo del Ministerio Público Fiscal, que durante el juicio logró acreditar tanto la autoría del hecho como las circunstancias agravantes que derivaron en la pena máxima prevista por la ley.

Al concluir el análisis del caso, la Cámara sostuvo que el ataque fue cometido con “perfidia y deslealtad”, lo que confirmó la calificación jurídica adoptada durante el proceso. Con esa evaluación, el tribunal ratificó que la única sanción posible para el delito es la prisión perpetua.

Fuente: MPF Chubut

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