Rechazaron un pedido de ONG que buscaba ampliar la participación en audiencias clave. El proceso seguirá con límites y presentaciones virtuales.
Parque Nacional Los Glaciares
La discusión por la reforma de la Ley de Glaciares sumó un capítulo judicial que impacta directamente en cómo se desarrollará el debate público. La Justicia federal decidió no frenar el esquema de audiencias con participación limitada, lo que deja firme la organización definida por el Congreso en medio de una fuerte polémica.
El fallo lo dictó el Juzgado Contencioso Administrativo Federal 5, a cargo del juez Enrique Regeuira, quien rechazó una medida cautelar presentada por organizaciones ambientalistas. El planteo buscaba garantizar que todos los inscriptos pudieran exponer de manera oral en las audiencias públicas convocadas en la Cámara de Diputados.
La controversia surgió a partir de una decisión de las comisiones legislativas que intervienen en el tratamiento del proyecto. Los presidentes de Asuntos Constitucionales, Nicolás Mayoraz, y de Recursos Naturales, José Peluc, resolvieron limitar la cantidad de oradores ante una inscripción que superó las 70 mil personas en todo el país.
Con ese criterio, solo podrán exponer de forma presencial los primeros anotados por provincia, mientras que el resto deberá enviar sus aportes por escrito o a través de material audiovisual. Esta modalidad generó cuestionamientos de sectores que consideran que se restringe la participación ciudadana en un tema sensible desde el punto de vista ambiental.
El juez, sin embargo, entendió que no estaban dadas las condiciones para intervenir sobre una decisión del Poder Legislativo. En su resolución sostuvo que “no alcanza a demostrar la verosimilitud del derecho que invoca -al menos con el grado de evidencia que se requiere- para suspender los efectos de un acto parlamentario”, al referirse al planteo presentado por las organizaciones.
En la misma línea, el magistrado remarcó que los actos de las autoridades tienen una presunción de validez que debe ser considerada en este tipo de procesos. Esa interpretación llevó a una evaluación estricta de los requisitos necesarios para dictar una medida cautelar que modifique el funcionamiento de las audiencias.
El fallo también cuestionó la solidez de los argumentos presentados por los demandantes. “La prueba acompañada por los accionantes no revela- con suficiente grado de verosimilitud- la existencia de vicios manifiestos que tornen ilegítima, arbitraria o irrazonable la conducta de la demandada”, señaló el juez en los fundamentos.
Con esta decisión, el esquema previsto por Diputados se mantiene sin cambios y las audiencias seguirán adelante los días 25 y 26 de marzo bajo el formato establecido. Esto implica que miles de participantes deberán recurrir a canales alternativos para expresar sus posiciones en el debate.
Desde el ámbito político, el fallo fue celebrado por uno de los impulsores de la organización de las audiencias. Nicolás Mayoraz utilizó sus redes sociales para cuestionar a las organizaciones que promovieron la cautelar y defender la legitimidad del proceso legislativo.
El diputado afirmó que el intento judicial buscaba frenar un mecanismo de participación y sostuvo que la resolución confirma la validez de la convocatoria. En ese contexto, el cruce entre sectores políticos y organizaciones ambientalistas suma tensión a una discusión que ya generaba posiciones enfrentadas.
La decisión judicial no resuelve el fondo del debate sobre la reforma de la Ley de Glaciares, pero sí define cómo se desarrollará una instancia clave de participación. El foco ahora se traslada a las audiencias, donde el esquema limitado de exposición marcará el ritmo de una discusión que sigue abierta.