El Gobierno de Chubut echó a dos policías activos con una baja inmediata por ineptitud

Chubut07/04/2026REDACCIÓNREDACCIÓN

El Gobierno provincial dispuso la expulsión definitiva de un agente y un cabo de Comando. La sanción empezó a regir de inmediato y dejó cargos vacantes.

Policía del Chubut
Policía del Chubut

Dos suboficiales que seguían en servicio activo quedaron afuera de la Policía del Chubut por decisión del Ministerio de Seguridad y Justicia, que avanzó con su baja definitiva bajo la figura de “ineptitud”. La medida fue formalizada mediante decretos del Poder Ejecutivo y empezó a correr desde el mismo momento de su dictado. El efecto fue directo: ambos agentes quedaron apartados de la fuerza de manera permanente.

La resolución alcanzó a un agente y un cabo de la Agrupación Comando, dos integrantes que todavía estaban en funciones al momento de la decisión oficial. Con esa determinación, el Estado provincial declaró vacantes los lugares que ocupaban dentro del Escalafón General de la Policía, un dato que le da a la medida un efecto institucional inmediato y no solo disciplinario. La salida, además, no quedó sujeta a una instancia futura ni a una aplicación diferida.


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El punto más llamativo del expediente aparece en lo que el Boletín Oficial no desarrolla. Los documentos difundidos no detallan hechos concretos, episodios puntuales ni conductas específicas que expliquen por qué se llegó a una sanción de este nivel. La decisión se presenta apoyada en una figura administrativa fuerte, pero con una descripción pública muy escueta sobre las razones materiales que derivaron en la desvinculación.

La base jurídica que se invoca en los decretos es el último párrafo del artículo 97 de la Ley XIX N° 8, citado de manera expresa en el texto oficial. Allí se sostiene que la medida se adopta “conforme lo determina el último párrafo del artículo 97 de la Ley XIX N° 8”, una referencia normativa que funciona como sustento formal de la baja. Sobre ese encuadre legal se montó la expulsión de ambos efectivos.

Esa mención legal ordena la parte administrativa del caso, aunque deja abierta una zona menos clara en el plano público. El propio texto difundido sugiere que este tipo de decisiones suele utilizarse cuando un integrante de la fuerza arrastra evaluaciones desfavorables o no reúne los requisitos mínimos para sostener tareas operativas. Bajo esa lógica, la figura de ineptitud aparece como una herramienta de separación dentro de la estructura policial cuando el desempeño queda comprometido.


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La salida de ambos suboficiales quedó sellada en los decretos 21 y 307, que ordenan la desvinculación con vigencia inmediata. La fórmula utilizada en los documentos tampoco deja margen para interpretaciones graduales, ya que establece que la medida rige “a partir de la fecha del presente decreto”. Eso implica que la baja se activó en el acto y produjo efectos concretos desde el primer día.

En términos prácticos, esa vigencia inmediata arrastra consecuencias severas dentro del funcionamiento de la fuerza. Los policías apartados quedan automáticamente fuera de la institución, pierden la posibilidad de seguir prestando servicio y tampoco pueden continuar portando el arma reglamentaria. La decisión, entonces, no solo cierra una etapa laboral, sino que también corta de manera tajante la relación operativa con la estructura policial.


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El caso deja así una postal doble dentro de la administración de seguridad de Chubut. Por un lado, el Gobierno aplicó una sanción definitiva contra dos efectivos en actividad y liberó de inmediato los cargos que ocupaban; por otro, la explicación pública sobre los motivos concretos quedó resumida bajo una categoría amplia y sin desarrollo de hechos específicos. Esa combinación vuelve más visible el peso de la resolución y, al mismo tiempo, el margen de opacidad con el que fue comunicada.

La baja de dos policías de la Agrupación Comando ya forma parte del movimiento interno de la fuerza y del mapa de vacantes dentro del escalafón policial. Lo que permanece afuera del detalle oficial son las conductas o antecedentes puntuales que derivaron en esa expulsión. Con la medida ya vigente, el efecto institucional está cerrado; la parte menos transparente del caso sigue concentrada en las razones concretas que el Boletín Oficial eligió no desarrollar.

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