
Presas que son "influencers" en redes sociales evidencian la falta de control en las cárceles
Actualidad17/05/2026
REDACCIÓNLos magistrados denuncian que los dispositivos autorizados para fines educativos derivan en extorsiones a civiles, mientras el Servicio Penitenciario asume dificultades para rastrear los perfiles falsos.

El registro de terminales de comunicación dentro de los establecimientos carcelarios bonaerenses exhibe un volumen que supera la capacidad de auditoría de las oficinas de control interno. Las actas de ingreso exigen de manera taxativa el cumplimiento de protocolos estrictos que limitan la conectividad exclusivamente al uso de la aplicación WhatsApp para fines familiares o de formación pedagógica. Sin embargo, las plataformas digitales de acceso masivo evidencian una vulneración sistemática de los compromisos firmados por los internos mediante la presentación de fotocopias de sus documentos de identidad.
Los informes del Servicio Penitenciario Bonaerense constatan que los detenidos en las cárceles bonaerenses tienen habilitados 48.693 teléfonos bajo un régimen nominal. Cada línea telefónica debe responder a un usuario identificado que, al momento de recibir el beneficio, asume la prohibición absoluta de interactuar en redes de entretenimiento. La estructura burocrática del organismo técnico admite que "es una situación muy complicada para el SPB que tiene que controlar" debido al volumen de conexiones simultáneas en los pabellones.


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La distorsión del sistema implementado originalmente durante la emergencia sanitaria por Covid-19 cobró un matiz de gravedad institucional tras comprobarse la comisión de delitos graves desde las celdas. Las fiscalías penales acumulan denuncias por extorsiones económicas y estafas con perfiles comerciales falsos que utilizan la infraestructura móvil otorgada por el Estado. La jueza de ejecución penal N°1 de Quilmes, Julia Márquez, señaló de forma directa que “no había regularidad que ocultar: no había que ser muy inteligente para saber que los celulares se iban a convertir en herramientas para que continúen cometiendo delitos”.
El impacto de las comunicaciones no autorizadas golpea de manera directa a los denunciantes y damnificados de las causas matrices, quienes se encuentran con mensajes intimidatorios en sus perfiles particulares. La falta de filtros informáticos preventivos obliga a las víctimas a recurrir de manera individual a los juzgados de garantías para solicitar el secuestro de los terminales de los agresores. Los magistrados advierten que el sistema administrativo actual suele actuar de manera reactiva, interviniendo únicamente cuando la persona afectada logra identificar el hostigamiento digital.
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Los datos procesados por las áreas de inspección del organismo penitenciario indican que entre los períodos correspondientes a los años 2025 y 2026, las faltas graves afectaron solo a una porción menor de la población carcelaria. Según las planillas de la jefatura del servicio, la tasa de mal uso de los dispositivos se ubicó en el "1,8%" del padrón total de internos registrados. Esta cifra oficial es relativizada por los operadores judiciales, quienes argumentan que el subregistro es elevado debido al uso generalizado de seudónimos que impiden vincular la cuenta virtual con el detenido.
La permanencia de los teléfonos en los pabellones comunes responde, según la óptica de los jueces de ejecución, a una estrategia de las jefaturas de unidad para atenuar los niveles de conflictividad interna. Las críticas apuntan a que los dispositivos funcionan como un elemento de distracción que reduce los ruidos y las protestas dentro de las alcaidías, postergando la aplicación de sanciones severas. Las alternativas de control propuestas por los especialistas sugerían centralizar las comunicaciones en terminales fijas ubicadas en aulas educativas reguladas, una opción que fue descartada por las autoridades de aplicación.
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Los reglamentos de disciplina interna tipifican la publicación de contenidos audiovisuales y la realización de transmisiones en tiempo real como infracciones que ameritan el retiro inmediato del material tecnológico. Los procedimientos de requisa en los pabellones de mujeres y hombres derivan de forma constante en la incautación de aparatos que no coinciden con las autorizaciones emitidas por la oficina de registro central. Las internas que utilizan las plataformas admiten el conocimiento de las penalizaciones, manifestando que "nos lo prohibieron pero la usamos para ver videos" y salir de la rutina de los penales.
La utilización de herramientas virtuales de educación como Meet y Classroom permitió a un sector de la población penitenciaria completar los trayectos de la enseñanza secundaria obligatoria durante el período de encierro. Las defensas oficiales argumentan que el acceso a la conectividad es un elemento clave para facilitar los procesos de reinserción social y disminuir los índices de reincidencia delictiva. Este beneficio pedagógico colisiona con las falencias materiales de supervisión de los perfiles de entretenimiento que manejan las personas imputadas por delitos de instancia privada.















