
Un proyecto busca que obras sociales cubran la eutanasia sin copagos en Argentina
Actualidad26/05/2026
REDACCIÓNLa iniciativa presentada en Diputados incluye la muerte asistida dentro del PMO y fija requisitos médicos y legales para acceder al procedimiento.

Las obras sociales, las prepagas y el sistema público podrían quedar obligados a cubrir prácticas de eutanasia y muerte asistida si prospera el proyecto presentado en la Cámara de Diputados. La propuesta incorpora la llamada “Asistencia Médica para Morir” dentro del Programa Médico Obligatorio y establece cobertura integral para personas con enfermedades graves e incurables o padecimientos crónicos que provoquen sufrimiento considerado intolerable.
El texto fue impulsado por el diputado socialista Esteban Paulón y abrió una nueva discusión parlamentaria sobre el derecho a decidir el final de la vida. La iniciativa fija condiciones específicas para acceder al procedimiento y plantea cambios en distintas normas vigentes, entre ellas el Código Penal, la Ley de Derechos del Paciente y el Código Civil y Comercial.


Uno de los puntos centrales del proyecto apunta a diferenciar dos prácticas médicas distintas. La eutanasia aparece definida como la administración de una sustancia letal por parte de un profesional de la salud a pedido del paciente. La muerte asistida, en cambio, contempla que el médico entregue la medicación para que la propia persona la administre.
La propuesta sostiene que el acceso deberá realizarse bajo criterios de autonomía individual, consentimiento informado y acompañamiento médico permanente. Además, incorpora mecanismos para controlar que no existan presiones externas sobre quien solicita el procedimiento y obliga al Estado a garantizar disponibilidad efectiva del tratamiento.
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El proyecto establece que podrán acceder personas mayores de 16 años, argentinas o con residencia permanente mínima de un año en el país. También deberán atravesar enfermedades graves e incurables o padecimientos crónicos imposibilitantes que produzcan sufrimientos constantes sin posibilidad razonable de alivio tolerable.
Dentro del esquema previsto, la decisión del paciente deberá sostenerse de manera libre, consciente e informada durante todo el proceso. El texto aclara además que la persona tendrá que conservar capacidad para expresar consentimiento al momento de avanzar con el procedimiento médico.
La iniciativa también redefine el rol de los equipos de salud. El médico tratante deberá conformar un grupo interdisciplinario integrado por especialistas en salud mental, cuidados paliativos y bioética para acompañar al paciente y verificar las condiciones establecidas por la ley. A eso se sumará la intervención de un médico consultor independiente encargado de confirmar el diagnóstico y revisar el cumplimiento de todos los requisitos legales.
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El procedimiento podría realizarse tanto en instituciones sanitarias como en el domicilio particular del paciente. El proyecto incorpora además la obligación de garantizar ausencia de sufrimiento durante la práctica y fija parámetros médicos para el acompañamiento integral en cada etapa.
La discusión parlamentaria aparece atravesada además por antecedentes recientes en América Latina. Uruguay aprobó durante 2025 una ley de eutanasia y ya concretó el primer procedimiento legal bajo ese esquema normativo. En Colombia, por su parte, la eutanasia y la muerte asistida forman parte de las prestaciones habilitadas dentro del sistema de salud después de distintas decisiones de la Corte Constitucional.
Otro de los cambios más sensibles incluidos en la propuesta modifica la situación penal de los profesionales médicos que participen en estos procedimientos. El proyecto plantea excluir de responsabilidad penal a quienes intervengan en prácticas realizadas bajo las condiciones previstas por la ley, un punto que podría convertirse en uno de los focos centrales del debate legislativo.














