El Gobierno quiere habilitar empresas manejadas por inteligencia artificial y sin empleados

Política02/06/2026Sergio BustosSergio Bustos

El Gobierno nacional envió al Senado un proyecto de reforma de sociedades que busca flexibilizar la creación y funcionamiento de empresas en Argentina. La iniciativa, impulsada por el ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, incorpora figuras inéditas en la legislación local y apunta a reducir significativamente la intervención estatal.

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Ingresó un proyecto en el Senado.

Uno de los aspectos que más llamó la atención es la creación de la denominada "Sociedad Automatizada", una figura jurídica diseñada para operar mediante algoritmos o sistemas de inteligencia artificial sin necesidad de contar con empleados para su funcionamiento ordinario. El proyecto también contempla el reconocimiento de las DAO, organizaciones autónomas descentralizadas que pueden funcionar de manera total o parcial mediante tecnología blockchain y sistemas de tokens digitales.

La propuesta forma parte de la estrategia oficial de desregulación económica y busca modificar el principio sobre el cual se estructuran actualmente las sociedades comerciales. Según el texto impulsado por el Ejecutivo, las disposiciones de la ley pasarían a tener un carácter supletorio, otorgando mayor libertad a los socios para definir sus propias reglas de funcionamiento a través de los estatutos.


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La iniciativa lleva las firmas del presidente Javier Milei, del jefe de Gabinete, Manuel Adorni, y del ministro de Justicia, Juan Bautista Mahiques. Aunque fue remitida el viernes pasado, recién este lunes ingresó formalmente a la Cámara alta para iniciar su tratamiento legislativo.

Sturzenegger defendió públicamente el proyecto y sostuvo que las restricciones estatales pasarán a ser excepcionales. Además, afirmó que los registros públicos no podrán imponer limitaciones adicionales a las previstas por la ley y que se eliminarán numerosos requisitos administrativos que actualmente condicionan la actividad empresarial.

Otro de los cambios relevantes se vincula con el objeto social de las compañías. La reforma propone que pueda ser amplio y abarcar múltiples actividades sin necesidad de conexión entre ellas. Incluso establece que, cuando un estatuto no detalle expresamente el objeto social, se presumirá que la sociedad está habilitada para desarrollar cualquier actividad lícita.

La digitalización integral constituye otro de los ejes centrales de la iniciativa. El proyecto habilita el uso de domicilio electrónico, sede electrónica, libros digitales, registros completamente informatizados, asambleas virtuales y la constitución de sociedades mediante firma digital o electrónica. También prevé la creación de legajos digitales públicos para cada empresa.


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Desde el Gobierno consideran que estas herramientas permitirán adaptar la normativa a modelos empresariales que funcionan de manera remota o mediante plataformas digitales. La reforma busca acompañar una realidad en la que muchas organizaciones operan sin estructuras físicas tradicionales ni presencia permanente en una ubicación determinada.

En materia de resolución de conflictos, el texto habilita a las sociedades a someter controversias internas al derecho extranjero o al derecho mercantil internacional. Asimismo, podrán incorporar cláusulas arbitrales en sus estatutos para resolver disputas fuera del ámbito judicial ordinario.

La iniciativa también amplía el universo de aportes que pueden integrar el capital de una empresa. Además de bienes y dinero, se permitirán derechos, créditos, activos digitales, prestaciones con valor económico y obligaciones de dar o hacer, según las características de cada tipo societario.

Para el Gobierno, estos cambios permitirán reconocer activos intangibles y tecnológicos que hoy tienen un peso creciente en la economía digital. La discusión ahora quedará en manos del Congreso, donde el proyecto comenzará un debate que promete abrir interrogantes sobre los límites de la automatización, la regulación empresarial y el papel del Estado en el control de las sociedades comerciales.

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