Militares con títulos cobrarán hasta 25% extra en sus haberes

Actualidad17/06/2026REDACCIÓNREDACCIÓN

El decreto crea un suplemento remunerativo para militares con títulos técnicos, universitarios o de posgrado, con porcentajes del 10%, 15% y 25%.

Ejército Argentino (Foto: Ricardo Pristupluk - LA NACION)
Ejército Argentino (Foto: Ricardo Pristupluk - LA NACION)

El salario militar sumará desde julio una diferencia vinculada directamente con la formación acreditada dentro de las Fuerzas Armadas. El Gobierno incorporó un suplemento por título que alcanzará al personal que pueda demostrar estudios técnicos, universitarios o de posgrado relacionados con las tareas que cumple en su fuerza. La medida no se presenta como un aumento general para todos los uniformados, sino como un reconocimiento económico para quienes tengan capacitación formal aplicable al servicio militar. Ese punto cambia la lectura del beneficio, porque conecta el haber mensual con un criterio de preparación profesional y no solo con la jerarquía o la antigüedad.

El cambio quedó formalizado a través del Decreto de Necesidad y Urgencia 473/2026, firmado por el presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete, Manuel Adorni, y el resto del gabinete nacional. La norma incorpora el suplemento por título dentro del artículo 56 de la Ley para el Personal Militar 19.101 y lo ubica como un componente general del régimen de haberes. En términos prácticos, el Estado reconoce que determinada formación superior tiene impacto sobre la prestación del servicio y, por eso, merece una retribución específica. El decreto sostiene que la educación académica permite mejorar profesionalmente al personal militar y fortalecer capacidades dentro de la Defensa Nacional.


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El esquema salarial tendrá tres niveles diferenciados según el tipo de título acreditado. Quienes cuenten con estudios de posgrado, como especialización, maestría o doctorado, podrán acceder a un suplemento del 25% sobre el haber mensual correspondiente al grado. Para los títulos universitarios de grado, con una duración mínima de cuatro años, el adicional será del 15%. En el caso de tecnicaturas o títulos superiores equivalentes, con al menos dos años de formación, el reconocimiento llegará al 10%. Así, el decreto ordena una escala progresiva donde el nivel educativo define el porcentaje del extra dentro del ingreso mensual.

La medida introduce una condición importante para evitar una aplicación automática y sin relación con la función. El título deberá ser afín a las tareas que el militar desarrolla en el Ejército, la Armada o la Fuerza Aérea. Esa exigencia vuelve central la evaluación de cada caso, porque no bastará con presentar una credencial educativa. La fuerza correspondiente deberá revisar si esa formación se vincula con el puesto, la especialidad o las necesidades del servicio. En esa instancia se definirá quiénes acceden al suplemento y bajo qué porcentaje, con la afinidad entre título y tarea como filtro principal.


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El decreto también extiende el suplemento a personal militar en situación de retiro y a familiares con derecho a pensión, siempre que el causante haya obtenido el título antes del pase a esa situación de revista. Ese punto amplía el alcance de la norma más allá del personal en actividad y busca mantener una correspondencia entre las remuneraciones actuales, los haberes de retiro y las pensiones. La decisión incorpora así una dimensión previsional dentro del reconocimiento por formación. Para ese universo, el impacto dependerá de la documentación disponible y de la validación de los títulos bajo las mismas condiciones previstas para el personal activo.

El Gobierno justificó la urgencia del DNU en la necesidad de retener personal formado e incorporar profesionales a las Fuerzas Armadas. El texto oficial menciona áreas cada vez más sensibles para la Defensa Nacional, como ingeniería, informática, derecho internacional humanitario, medicina, logística avanzada y ciberseguridad. La argumentación apunta a un problema de capacidades: sin un incentivo salarial, la formación especializada pierde atractivo dentro de la carrera militar. El decreto plantea que cada egreso de oficiales o suboficiales titulados sin reconocimiento económico representa una pérdida de capital humano especializado difícil de reconstruir.


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El nuevo régimen también busca ordenar una situación previa vinculada al suplemento particular por título terciario. La norma deroga ese esquema para evitar la coexistencia de tratamientos diferenciados y reemplazarlo por un sistema más uniforme, basado en el nivel educativo alcanzado. El cambio pretende alcanzar a la totalidad del personal militar que cumpla las condiciones, cualquiera sea su condición de ingreso. Para quienes ya cobraban un suplemento anterior, el decreto incorpora un resguardo para que la aplicación del nuevo régimen no derive en una reducción de la retribución mensual bruta. Esa cláusula intenta proteger los ingresos ya reconocidos durante la transición.

La implementación tendrá un tramo administrativo sensible, porque cada fuerza deberá recibir, revisar y validar documentación. Títulos nacionales, jurisdiccionales, universitarios o no universitarios deberán encuadrar dentro del sistema educativo reconocido por la normativa vigente. En el caso de posgrados obtenidos en el exterior, el decreto exige que hayan sido ordenados, autorizados o avalados por la fuerza respectiva y que cuenten con la apostilla correspondiente. Ese control será determinante para evitar liquidaciones indebidas y para garantizar que el suplemento llegue a quienes acrediten formación válida y funcional al servicio.


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El gasto que demande la aplicación del suplemento quedará a cargo del presupuesto vigente del Ministerio de Defensa. La norma también faculta a la Comisión Técnica Asesora de Política Salarial del Sector Público a dictar aclaraciones y disposiciones complementarias para aplicar la medida. Ese punto anticipa que el decreto requerirá precisiones operativas antes de reflejarse de manera masiva en los haberes. La entrada en vigencia fue fijada para el 1° de julio de 2026, por lo que el calendario de liquidación dependerá de los mecanismos internos que permitan cargar los títulos y calcular el porcentaje correspondiente en cada caso.

El punto político de la decisión pasa por el uso de un DNU para modificar aspectos del régimen salarial militar y crear un incentivo permanente por formación. El Gobierno presenta la medida como una respuesta urgente frente a la necesidad de modernizar capacidades dentro de las Fuerzas Armadas. El Congreso, a través de la Comisión Bicameral Permanente, deberá tomar conocimiento del decreto y seguir el trámite previsto para este tipo de normas. Más allá de esa instancia, el impacto concreto se medirá en los recibos de sueldo, cuando el suplemento permita distinguir a quienes aportan formación técnica o académica dentro de la estructura militar.


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El límite pendiente queda en la aplicación real del beneficio en cada fuerza y en la velocidad con la que se reconozcan los títulos presentados. La norma ya fijó porcentajes, alcance y fecha de vigencia, pero la diferencia salarial dependerá de la validación administrativa y de la correcta liquidación del suplemento. Para el personal militar, el decreto abre una expectativa concreta de mejora vinculada a estudios acreditados. Para el Ministerio de Defensa, instala una prueba de gestión: convertir el reconocimiento formal a la formación en un pago efectivo, claro y verificable dentro del régimen de haberes.

Fuente: NA.

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