
La ONU exige frenar el uso de reconocimiento facial policial por fallas y detenciones ilegales
Actualidad21/06/2026
REDACCIÓNUn informe del relator Ben Saul expone el sesgo de los algoritmos contra mujeres y jóvenes, la falta de leyes y el peligro de su aplicación en las protestas.

Las fallas técnicas en los sistemas automatizados de identificación biométrica se traducen directamente en privaciones ilegítimas de la libertad y sospechas infundadas sobre ciudadanos inocentes. Los sistemas de inteligencia artificial implementados por las fuerzas de seguridad registran márgenes de error críticos cuando intentan procesar las facciones de mujeres, personas de piel oscura y sectores juveniles. Un falso positivo en las bases de datos criminales deja de ser un mero desperfecto informático para convertirse en el desencadenante de detenciones arbitrarias dentro del espacio público.
La confiabilidad de estas herramientas de software disminuye drásticamente frente a las variables habituales de la vía pública urbana, tales como la iluminación deficiente, los ángulos complejos de captura o el movimiento rápido de los peatones. El uso de barbijos o mascarillas comunitarias también desestabiliza los patrones de medición que los algoritmos emplean para cotejar las imágenes con los registros criminales precargados. A pesar de estas deficiencias empíricas, diversas corporaciones tecnológicas comercializan aplicaciones destinadas a la supuesta detección de emociones y estados anímicos a partir de las gesticulaciones, una función que carece por completo de validación científica y multiplica el peligro de clasificaciones arbitrarias.


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La falta de regulaciones comerciales estrictas facilita el traspaso transnacional de estos programas de control biométrico desde Estados con normativas institucionales sólidas hacia países con antecedentes de vulneración de los derechos civiles. El negocio de la vigilancia masiva opera sin restricciones aduaneras específicas, permitiendo que herramientas diseñadas bajo parámetros de seguridad nacional terminen operando como mecanismos de persecución política. La ONU advierte que la transferencia tecnológica sin auditorías previas de riesgo de derechos humanos alimenta los aparatos de inteligencia de regímenes autoritarios en distintos continentes.
La mayor parte de las naciones que adoptaron estos dispositivos tecnológicos carece de una ley parlamentaria explícita que encuadre las potestades de los ministerios de seguridad y fije los límites de su aplicación diaria. Las policías operan bajo un vacío normativo absoluto, desplegando cámaras en espacios públicos y conformando registros de datos biométricos sin obtener el consentimiento previo de los ciudadanos afectados. “La tecnología no es neutral. Cuando se usa sin supervisión, puede convertir espacios públicos en zonas de vigilancia permanente”, sentenció el relator especial de las Naciones Unidas sobre derechos humanos y lucha contra el terrorismo, Ben Saul, en su último documento de posición.
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El reporte técnico del organismo internacional identifica tres metodologías principales de uso, donde la verificación consentida para accesos fronterizos o desbloqueo de terminales móviles convive con prácticas de control masivo en tiempo real y análisis retrospectivos de archivos audiovisuales. Las grabaciones obtenidas en manifestaciones públicas o circuitos cerrados de televisión suelen ser revisadas con posterioridad a los incidentes con el fin de etiquetar a los participantes sin control judicial. Esta ausencia de supervisión independiente de las bases de datos policiales unifica el peligro de las distintas modalidades biometristas que avanzan sobre la privacidad ciudadana.
El despliegue de lentes digitales en los entornos de manifestación social pacífica provoca un fenómeno de inhibición colectiva que los especialistas denominan efecto enfriamiento. Al saberse identificados, catalogados y almacenados en archivos policiales permanentes, los ciudadanos tienden a desistir del ejercicio legítimo de sus libertades democráticas por temor a sufrir represalias laborales o persecuciones estatales. El derecho a la reunión libre en la vía pública se ve amenazado por el patrullaje virtual permanente, transformando una actividad amparada por las garantías constitucionales en un foco de sospecha automatizada.
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La recomendación técnica del experto de Naciones Unidas establece la prohibición terminante del escaneo masivo e indiscriminado de personas en las calles y la proscripción absoluta del uso de estas herramientas para rastrear protestas pacíficas. El documento solo admite excepciones operativas frente a escenarios específicos de violencia extrema, condicionando siempre el uso del software en tiempo real a la firma de una autorización dictada por un juez competente. En casos de urgencia extrema que impidan la intervención judicial previa, las fuerzas de seguridad deben someter la medida a una revisión de control de legalidad dentro de un plazo perentorio de veinticuatro horas.
Los mecanismos de defensa para la ciudadanía ante identificaciones erróneas requieren la publicación obligatoria de las tasas de error de los algoritmos y la difusión periódica de auditorías externas e independientes sobre los sistemas informáticos. Cualquier habitante debe contar con el derecho jurídico a impugnar las clasificaciones automatizadas y conocer qué bases de datos resguardan su mapa facial digitalizado. Las Naciones Unidas recuerdan que el rostro constituye una porción inalienable de la identidad personal y no un insumo de libre disponibilidad que las agencias estatales o corporaciones privadas puedan procesar y almacenar sin un marco legal claro.
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La prevención de abusos institucionales mediante la sanción de leyes vinculantes representa una inversión social más eficiente y económica que la reparación posterior de los daños individuales causados por las fallas tecnológicas. La participación activa de las organizaciones de la sociedad civil en la redacción de las normas regulatorias resulta indispensable para garantizar que las innovaciones técnicas operen al servicio de las libertades humanas. “En la mayoría de los países, no existe una ley parlamentaria que autorice explícitamente el uso de reconocimiento facial, establezca sus límites o prevea mecanismos de supervisión independiente”, puntualizó el experto de la ONU respecto al límite legal que enfrenta la seguridad contemporánea.













