Importar maquinaria usada será más barato y rápido según el Gobierno

Política24/06/2026Sergio BustosSergio Bustos

Las empresas que buscan incorporar equipamiento industrial usado tendrán desde esta semana un escenario más favorable. El Gobierno nacional modificó el régimen que regula la importación de líneas de producción usadas y aplicó una serie de cambios destinados a reducir costos, simplificar trámites y acelerar los tiempos administrativos.

Maquinaria industrial (Foto: KamranAydinov/Freepik)
Maquinaria industrial (Foto: KamranAydinov/Freepik)

La medida quedó formalizada mediante el Decreto 483/2026, publicado en el Boletín Oficial. La reforma introduce modificaciones sobre el esquema vigente desde 2016 y busca adaptar las reglas a las actuales políticas de desarrollo industrial y comercio exterior.

Uno de los cambios más relevantes está relacionado con la carga tributaria. Los bienes alcanzados por el régimen pasarán a tributar únicamente el 25% del arancel de importación correspondiente. Además, quedarán exentos del pago de la tasa de estadística y de la tasa de comprobación de destino, dos conceptos que hasta ahora incrementaban el costo final de las operaciones.


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La actualización también amplía el universo de proyectos que pueden acceder a los beneficios. A partir de ahora, las empresas podrán importar maquinaria usada tanto para montar nuevas plantas industriales como para ampliar instalaciones existentes o modernizar procesos productivos ya en funcionamiento.

Otro punto importante es la redefinición del concepto de línea de producción. La normativa elimina la obligación de que el componente principal del conjunto sea usado, una condición que en muchos casos limitaba el acceso al régimen y dificultaba la incorporación de equipamiento combinado.

El decreto incorpora además nuevas categorías de proyectos elegibles. Entre ellas aparecen las líneas destinadas a la generación de energía eléctrica y los denominados almacenes inteligentes, vinculados a procesos automatizados de logística y almacenamiento. También se amplía hasta 30 años la antigüedad permitida para equipos reconstruidos o actualizados.


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La reforma impacta igualmente sobre las exigencias vinculadas a la compra de bienes nacionales. El requisito se reduce del 30% al 10% respecto del valor del proyecto y deberá cumplirse dentro del año posterior a la aprobación correspondiente. La modificación apunta a facilitar el acceso de las empresas al beneficio sin eliminar completamente la participación de proveedores locales.

En materia administrativa, el Gobierno reemplazó el sistema tradicional de auditorías por un esquema de rendición de cuentas realizado por profesionales certificados. La intención es acortar los tiempos de control y reducir la carga burocrática para las compañías que adhieran al régimen.

Para acelerar aún más los procesos, se creó la Constancia de Expediente en Trámite (CET). Este instrumento permitirá importar bienes antes de obtener la aprobación definitiva, siempre que las empresas constituyan las garantías aduaneras exigidas por la normativa.


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La nueva reglamentación también incorpora mecanismos automáticos para evitar demoras prolongadas. Si la administración no se pronuncia dentro de los seis meses posteriores al vencimiento del plazo para presentar la rendición de cuentas, la instancia se considerará concluida y las garantías podrán liberarse automáticamente.

Sin embargo, el decreto también endurece las penalidades para quienes incumplan las condiciones establecidas. La Secretaría de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa podrá ejecutar la totalidad de las garantías cuando existan irregularidades, falta de documentación o utilización indebida de los beneficios otorgados.

A esas medidas se suman sanciones económicas equivalentes al 20% de los tributos no abonados, más intereses y un recargo punitorio mensual del 2%. Las nuevas disposiciones comenzarán a regir desde el 24 de junio y alcanzarán también a expedientes que todavía tengan pendientes procesos de liberación o ejecución de garantías.

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