Los abogados de Madryn denuncian que la reforma de la Justicia civil dará superpoderes a los jueces

Chubut25/06/2026REDACCIÓNREDACCIÓN

En una entrevista con #LA17, Gustavo Cruz cuestionó el proyecto del Superior Tribunal redactado en siete días y advirtió que el nuevo código empeorará el servicio para los ciudadanos.

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El debate por la reestructuración integral de los fueros no penales en Chubut desató un duro posicionamiento de los profesionales de la matrícula frente a la conducción del Poder Judicial. El proyecto de ley que unifica los procesos civiles, comerciales, laborales y de familia ya ingresó formalmente al circuito de la Legislatura provincial. Lejos de cosechar consensos, la iniciativa reactivó el malestar corporativo por la exclusión de los sectores operativos en la etapa de diseño de la norma.

La celeridad con la que se articuló el nuevo articulado despertó sospechas en las comisiones técnicas de las distintas circunscripciones. La cronología oficial expone que el Ejecutivo provincial requirió el texto el primero de abril y, en apenas una semana de trabajo interno, la comisión redactora entregó el borrador definitivo sin abrir canales de consulta externa. Desde los colegios de abogados señalaron que se ignoró por completo el aporte de jueces de primera instancia, asesores letrados y empleados judiciales.


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"Este proyecto que ya ha ingresado en trámite legislativo, más que agilizar, va a traer mayores complicaciones a lo que es el desenvolvimiento de la justicia en la provincia", alertó el presidente del Colegio de Abogados de Puerto Madryn, Gustavo Cruz, durante su intervención en el programa radial El Quinto Poder. El referente institucional remarcó que se trata de una réplica de una vieja iniciativa de 2019 que había quedado paralizada en los despachos parlamentarios.

La principal objeción técnica de los letrados se enfoca en el cambio de paradigma procesal, que abandona el esquema dispositivo tradicional para avanzar hacia un modelo de corte inquisitivo. La reforma le confiere al magistrado atribuciones extraordinarias de investigación y control sobre los plazos y las evidencias, desbalanceando la paridad de las partes en litigio. Los profesionales de la matrícula consideran que este esquema representa un retroceso respecto a las legislaciones de vanguardia.


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El malestar también alcanza a las modificaciones introducidas en la técnica legislativa y el vocabulario formal que pretende imponer el texto. El articulado degrada la denominación histórica de los profesionales y altera el rol de las partes concurrentes en los expedientes de los fueros tradicionales. "Se nos cambia incluso el nombre a los abogados, ahora pasamos a ser asistentes legales, se cambia el nombre de las partes, ahora la parte actora es parte de demandante", diferenció el directivo en el aire de #LA17.

La viabilidad material de la reforma se encuentra condicionada por la profunda crisis de infraestructura que atraviesan los tribunales de las principales localidades de Chubut. La provincia mantiene declaraciones de emergencia económica sucesivas que impiden dotar a las dependencias de los insumos mínimos de funcionamiento y climatización. En diversas circunscripciones, las oficinas judiciales carecen de espacio físico básico, obligando a los jueces a compartir los despachos de atención cotidiana.


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Desde el Colegio de Abogados impugnan la viabilidad de montar salas tecnológicas aptas para sostener juicios orales en un contexto de asfixia financiera permanente. "A veces no hay presupuesto para que funcionen las calefacciones en los juzgados; imaginate para poner en marcha salas de audiencias, tecnología, comprar equipamiento, software", cuestionó Cruz. Las estadísticas previas demuestran además que los protocolos opcionales de oralidad vigentes sufren un desuso crónico por el desistimiento de las propias partes.

La pauta normativa incorpora cláusulas que los especialistas califican como anticonstitucionales por avanzar sobre las facultades propias de las leyes de colegiación profesional. En el apartado dedicado a las demandas colectivas, el nuevo código faculta al magistrado a remover de forma discrecional al abogado defensor de una de las partes y designar un reemplazo. Esta herramienta les quita a las instituciones el control exclusivo de la matrícula y la potestad de aplicar sanciones disciplinarias.


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El texto ensaya un viraje hacia el modelo anglosajón del derecho común, otorgándole a los fallos judiciales anteriores el carácter de ley obligatoria para resolver litigios futuros. Esta sustitución del sistema romanista tradicional desprotege a los ciudadanos al subordinar las sentencias a los precedentes de los juzgados antes que a las leyes escritas votadas en el parlamento. La disputa ingresa ahora en un terreno puramente político donde el Superior Tribunal de Justicia delegó la defensa de la norma en manos de los bloques legislativos.

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