
El Estado quiere prohibir la emisión desde el Banco Central y el financiamiento al Tesoro
Política30/07/2026
REDACCIÓNLa iniciativa, elaborada por los ministerios de Economía y Desregulación, será enviada al Congreso y contempla el riesgo de mayores recortes para sostener el superávit.

A pesar de haber cerrado el primer semestre con superávit, el Gobierno podría necesitar realizar más ajustes y recortes en distintas áreas para evitar la emisión monetaria. El fisco deberá gastar únicamente lo que recauda si se aprueba la reforma a la Carta Orgánica del Banco Central (BCRA), lo que implica la continuidad de la “motosierra” en el sector público.
El presidente Javier Milei presentó los ejes centrales del proyecto de modificación por cadena nacional, el cual será enviado al Congreso para iniciar su tratamiento legislativo en el Senado. La propuesta es considerada una de las principales apuestas económicas del Gobierno para el segundo semestre del año.


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La iniciativa está siendo elaborada por el Ministerio de Economía, conducido por Luis Caputo; el Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado, encabezado por Federico Sturzenegger; y el presidente del Banco Central, Santiago Bausili. El objetivo de la Casa Rosada es blindar el programa económico actual.
El eje del proyecto es la prohibición de la emisión monetaria destinada al Tesoro Nacional, basado en la premisa de la administración libertaria de que la inflación es “siempre y en todo lugar un fenómeno monetario”. Con menos pesos circulando en la economía, se espera que el Índice de Precios al Consumidor continúe su curva descendente, tal como sostuvo Milei en su paso por AmCham.
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La normativa vigente, reformulada durante la gestión de Mercedes Marcó del Pont, permite al BCRA realizar adelantos transitorios. El artículo 20 de la carta orgánica actual establece que «El Banco Central podrá hacer adelantos transitorios al Gobierno nacional hasta una cantidad equivalente al doce por ciento (12%) de la base monetaria».
Adicionalmente, la ley permite adelantar un 10% extra de los recursos en efectivo que el Gobierno haya obtenido en los últimos doce meses, con la condición de que el monto sea devuelto dentro del año. El mismo artículo detalla que si los adelantos no son reintegrados en ese plazo, la facultad de solicitarlos queda suspendida hasta que la deuda sea saldada.
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