
Modifican la VTV: el Gobierno habilitó a cualquier taller a realizar la revisión técnica obligatoria
Actualidad31/07/2026
REDACCIÓNMediante un decreto, el Poder Ejecutivo eliminó la obligación de utilizar centros específicos y fijó nuevos plazos para los controles de los vehículos.

El Gobierno nacional estableció nuevas frecuencias para la realización de la Revisión Técnica Obligatoria (RTO) en todo el país. Los vehículos particulares de hasta diez años de antigüedad deberán realizarla cada dos años, mientras que aquellos con más de diez años la harán anualmente. Por su parte, los vehículos de transporte de pasajeros y carga deberán someterse a la inspección de forma semestral.
Estas nuevas disposiciones forman parte de una reforma integral del sistema de Verificación Técnica Vehicular (VTV) aprobada por el Poder Ejecutivo. La principal modificación es que se elimina la obligación de asistir a centros específicos y se habilita a cualquier taller o empresa con capacidad técnica demostrada para realizar la RTO, tanto para vehículos particulares como de transporte.


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La medida fue oficializada a través del Decreto 689/2026, publicado en el Boletín Oficial. Esta norma modifica el artículo 34 del Decreto 779/1995, que reglamenta la Ley 24.449 de Tránsito y Seguridad Vial, incorporando el nuevo esquema a la legislación vigente.
El decreto implementa la Resolución 32/2026 de la Secretaría de Transporte, que ya había sido publicada el 24 de julio. Dicha resolución fue la que creó el Registro Nacional de Talleres de Inspección Técnica de Vehículos, el cual centralizará a los prestadores habilitados.
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En ese marco, todos los talleres que deseen realizar las inspecciones deberán inscribirse en el mencionado registro nacional. Para ello, será un requisito indispensable demostrar que cuentan con la capacidad técnica necesaria para llevar a cabo los controles vehiculares.
Además, los talleres inscriptos tendrán la obligación de transmitir los resultados de cada una de las inspecciones a la base de datos del sistema en tiempo real. El cumplimiento de esta condición será indispensable para poder mantener la habilitación y continuar operando.
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La supervisión del Registro Nacional de Talleres y el control de calidad de las inspecciones realizadas quedarán a cargo de la Subsecretaría de Transporte Automotor, dependiente de la Secretaría de Transporte. Este organismo será el responsable de garantizar el correcto funcionamiento del nuevo sistema.
Por otra parte, el Decreto 689/2026 también actualiza los requisitos técnicos que deben cumplir los vehículos para pasar la revisión. Se modificaron los estándares de emisiones y las condiciones mecánicas exigidas, adecuándolos a las normas internacionales vigentes en la materia.















