
El Gobierno modifica los requisitos de registro y endurece controles para vehículos clásicos
Actualidad05/08/2026
REDACCIÓNLa Dirección Nacional de los Registros de la Propiedad del Automotor instrumentó la medida para asegurar la procedencia y originalidad de los rodados.

Para todos los casos de inscripción de vehículos en el Registro de Automotores Clásicos, se eliminaron excepciones anteriores y se estableció la obligatoriedad de la verificación física en plantas habilitadas. Además, se exigirá un set fotográfico completo visado por la autoridad, incluyendo vistas laterales, frontal, posterior, interior, y las codificaciones de motor y chasis.
Quienes deseen inscribir un rodado deberán presentar un dictamen previo de una entidad habilitada, que certifique la condición de “clásico” por su estado y originalidad. Este informe deberá detallar la historia y características del vehículo.


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También se especificará el año de fabricación aproximado para establecer su antigüedad, y se hará hincapié en la originalidad de sus partes. La normativa permite únicamente el reemplazo de piezas de desgaste natural, como neumáticos o baterías, que no afecten la esencia del modelo.
Cuando el propietario no posea certificados de fabricación o importación originales, la nueva normativa exige una declaración jurada ante escribano o juez. Esta deberá ser avalada por dos testigos, detallando las circunstancias de la posesión y la cadena de dueños, con el fin de evitar la incorporación de unidades cuyo origen legítimo no pueda ser debidamente verificado.
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Las modificaciones al régimen de registración de automotores y motovehículos clásicos fueron establecidas mediante la Disposición 161/2026. La medida, que endurece los controles y requisitos para la inscripción de estos vehículos, fue publicada este miércoles en el Boletín Oficial.
La condición de vehículo clásico no es permanente si se realizan cambios indebidos, según advierte la disposición. Si durante las revisiones periódicas se detectan modificaciones o restauraciones que alteren las condiciones originales, la entidad encargada informará a la Dirección Nacional para revocar el registro especial.
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La Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor (DNRNPACP) instrumentó esta medida buscando «preservar la seguridad jurídica y evitar la eventual incorporación de unidades cuya procedencia no se encuentre debidamente respaldada». El objetivo principal es asegurar la legitimidad de los vehículos.
El nuevo marco normativo también regula los procedimientos para solicitar duplicados de documentación por robo o extravío y la rectificación de datos. Estos trámites deberán realizarse a través de la Solicitud Tipo “CL” específicamente designada para estos casos.














