
Fijan una condena inédita en Río Negro: un hombre no podrá ingresar a Las Grutas por dos años
Policiales16/08/2026
REDACCIÓNUn fallo judicial sentenció a tres años de prisión en suspenso a un hombre, acusado de siete robos en Las Grutas y Catriel, con veto de circulación en la costa hasta 2028.

Un hombre condenado por una serie de robos en Río Negro deberá fijar un domicilio permanente y someterse a controles periódicos de firma ante las autoridades policiales de su localidad. La resolución judicial también le impone una prohibición estricta de acercamiento a un radio menor a cien metros de las víctimas y de los comercios afectados.
El acuerdo, homologado en el fuero penal, establece una condena de tres años de ejecución condicional. Esta sanción penal se complementa con la prohibición absoluta de ingresar y permanecer en la villa balnearia de Las Grutas por un período de dos años, medida que busca neutralizar su presencia en la zona.


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La decisión judicial se originó a raíz de la acumulación de causas abiertas por siete hechos delictivos cometidos en Las Grutas y Catriel. El imputado fue acusado de una seguidilla de sustracciones en locales comerciales, que incluían gastronómicos, despensas y kioscos en ambas ciudades de la provincia.
Además, el fallo impone un veto de residencia o circulación en la costa que se extenderá hasta el año 2028. La respuesta de la justicia busca desarticular el patrón delictivo del condenado, quien se desplazaba entre nodos urbanos y centros turísticos para cometer los ilícitos.
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Para llegar a esta resolución, el sistema penal optó por la unificación de los distintos expedientes abiertos en varias jurisdicciones. Esta vía procesal permitió dar una respuesta integral a la totalidad de los hechos investigados, economizando recursos judiciales mediante la aceptación de los cargos por parte del acusado.
La ausencia de condenas previas en el legajo del imputado fue un factor que habilitó la aplicación de figuras alternativas a la encarcelación inmediata. La sanción penal se mantendrá en suspenso mientras el condenado cumpla con las pautas de conducta fijadas por el tribunal interviniente.
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El comportamiento itinerante del hombre complicaba la fiscalización preventiva, ya que trasladaba el foco del conflicto de un extremo a otro del territorio provincial. Según se desprende del fallo, este tipo de incursiones repetidas en lapsos acotados de tiempo exponía la vulnerabilidad de las zonas de servicios.
La pérdida de la condicionalidad de la pena se activará de forma automática ante cualquier incumplimiento de las reglas o la comisión de un nuevo delito. En ese caso, la ejecución del encarcelamiento en un establecimiento penitenciario funcionará como el último recurso de disuasión del esquema sancionatorio.
La viabilidad de supervisar el cumplimiento del veto de ingreso a una localidad turística plantea interrogantes sobre la capacidad de monitoreo de las fuerzas de seguridad. La detección de violaciones a la restricción depende mayoritariamente de la identificación casual o del aviso de los propios vecinos, al no contar con dispositivos de seguimiento electrónico.















