
Piden la captura de cinco funcionarios chavistas en la causa que involucra a "Chiqui" Tapia
Actualidad08/09/2026
REDACCIÓNNahuel Gallo solicitó la captura internacional de exfuncionarios venezolanos el día que la Cámara Federal confirmó no citar al presidente de la AFA como testigo.



La causa por crímenes de lesa humanidad contra el régimen de Nicolás Maduro sumó un nuevo capítulo cuando el gendarme Nahuel Gallo pidió a la Justicia que emita órdenes de detención y captura internacional. La solicitud apunta a cinco funcionarios chavistas, entre los que se encuentra el exfiscal general venezolano Tarek William Saab.
En paralelo, la Sala I de la Cámara Criminal y Correccional Federal decidió no convocar por el momento al presidente de la Asociación del Fútbol Argentino (AFA), Claudio “Chiqui” Tapia, como testigo en el expediente que se tramita en Comodoro Py. De esta manera, los camaristas dejaron firme la decisión del juez federal Sebastián Ramos, quien consideró que su declaración no era necesaria durante la etapa de investigación.


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El pedido para citar a Tapia había sido realizado por el fiscal Carlos Stornelli. El objetivo era que el titular de la AFA declarara sobre el operativo que permitió la liberación y el regreso a la Argentina del gendarme Gallo, en el cual la asociación deportiva intervino. Sin embargo, el juez Ramos entendió que la convocatoria “de momento no era oportuna”.
En su apelación, Stornelli manifestó que la citación al presidente de la AFA resultaba pertinente y adecuada, y advirtió que la negativa del titular del Juzgado Federal N°2 atentaría contra la investigación. Por su parte, la querella, liderada por el abogado Tomás Farini Duggan, coincidió con la solicitud del fiscal y sostuvo que era necesaria para poder esclarecer los hechos investigados.
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La Cámara Federal porteña aclaró que la decisión del juez Ramos no implica un “rechazo final” a la medida. Según el fallo, se dejó abierta la posibilidad de citar a Tapia a declarar en el futuro si las circunstancias de la causa se modificaran.
Para fundamentar la decisión, los jueces Mariano Llorens y Pablo Bertuzzi se apoyaron en el artículo 199 del Código Procesal Penal. Remarcaron que la norma faculta a las partes a proponer medidas de prueba, pero aclararon que dicha facultad se limita a la postulación de diligencias y no a su efectiva realización, la cual queda exclusivamente a consideración del juez instructor.
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