Ordenan reabrir la causa contra el “Pata” Medina por asociación ilícita, lavado y extorsión

Política10/09/2026REDACCIÓNREDACCIÓN

La Corte Suprema revocó el sobreseimiento del exlíder de la UOCRA La Plata y el expediente volverá a la Cámara de Casación Penal para ser tratado por nuevos jueces.

El Pata Medina
El Pata Medina

La causa contra el exlíder de la UOCRA-La Plata, Juan Pablo “Pata” Medina, deberá volver a la Cámara Federal de Casación Penal. Allí, con una nueva integración de jueces, se evaluarán nuevamente los argumentos de la fiscalía que busca llevar a juicio al dirigente sindical.

La decisión fue tomada este jueves por la Corte Suprema de Justicia, que revocó el sobreseimiento de Medina en el expediente que lo investiga por asociación ilícita, lavado de dinero y extorsión. El fallo fue firmado por los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, quienes hicieron lugar a un recurso presentado por el procurador general interino, Eduardo Casal.


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La resolución del máximo tribunal dejó sin efecto una sentencia anterior de la Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal. En esa instancia, los jueces Angela Ledesma y Alejandro Slokar habían convalidado la nulidad de la causa y los sobreseimientos, con la disidencia de su colega Guillermo Yacobucci.

El origen de la nulidad se remonta a octubre de 2022, cuando el juez Alejandro Smoris, de manera unipersonal, declaró inválido todo el expediente y sobreseyó a Medina y al resto de los acusados. Dos meses después de tomar esa decisión, el magistrado presentó su renuncia.


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Para justificar su fallo, Smoris sostuvo que la causa era un armado de la denominada mesa de la “Gestapo”, a partir de una denuncia de la AFI durante la gestión de Alberto Fernández. Según el juez, la situación del gremialista «no sería más que el fruto de los delitos que se vienen investigando en causa 18933/21, por resultar consecuencia de actividades de inteligencia ilegal, desplegadas en el marco de un proyecto delictivo más amplio».

La Procuración General había cuestionado esa decisión por considerarla “arbitraria” y “prematura”. En la misma línea, el fiscal ante Casación, Raúl Pleé, presentó un recurso extraordinario en el que advirtió que «los sobreseimientos dispuestos privan al Ministerio Público Fiscal del ejercicio de su deber constitucional de promover la actuación de la justicia e impiden determinar en el debate oral y público la verdad respecto a los hechos imputados».


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El dirigente sindical había sido detenido en septiembre de 2017 por orden del juez federal de Quilmes, Luis Armella. En ese momento, fue procesado por los delitos de “asociación ilícita”, “lavado de dinero” y “extorsión”, y se le trabó un embargo por 200 millones de pesos.

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