Casación Penal ordena una reparación millonaria para una víctima de abuso sexual en el Ejército

Policiales14/09/2026REDACCIÓNREDACCIÓN

El tribunal revocó un fallo que negaba la indemnización y confirmó la responsabilidad de un suboficial. Además, recalificó el hecho a tentativa y pidió una nueva pena.

El hecho ocurrió durante una actividad desarrollada en el Museo Malvinas, ubicada dentro del mismo predio.
Las dependencias especializadas estimaron la suma en $29.228.298

La Cámara Federal de Casación Penal dispuso que el suboficial Víctor Hugo Mercado sea condenado por abuso sexual en grado de tentativa y no por hecho consumado. La modificación de la carátula fue solicitada por la defensa y había sido sostenida por la fiscalía durante el juicio oral.

El tribunal aclaró que este cambio no altera la escala penal aplicable ni desconoce la responsabilidad del sargento, la cual fue confirmada por unanimidad. A raíz de la recalificación, la Cámara ordenó devolver la causa al tribunal de origen para que, con una nueva integración, se determine la pena correspondiente al delito tentado.


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En paralelo, la Sala II de la Cámara, con el voto unánime de los jueces Guillermo Yacobucci, Alejandro Slokar y la jueza Ángela Ledesma, ordenó reparar integralmente a la víctima. De esta forma, se anuló la decisión del Tribunal Oral Federal de Concepción del Uruguay, que había rechazado este pedido.

El monto de la reparación fue calculado en febrero de 2024 por la Secretaría para la Investigación Financiera y el Recupero de Activos Ilícitos (SIFRAI) y la Dirección General de Recuperación de Activos y Decomiso de Bienes (DGRADB). Las dependencias especializadas estimaron la suma en $29.228.298, proponiendo que fuera equivalente al salario percibido por la víctima durante los cinco años en que sufrió los hechos.


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En su fallo, la Cámara de Casación sostuvo que la víctima no debe ser remitida a un proceso civil para obtener la reparación por un daño que ya fue acreditado en el proceso penal. «Remitir a la víctima a la vía civil luego de un proceso penal que acreditó el daño, su entidad y su vinculación causal con la conducta del condenado, no solo resulta contrario a la finalidad de la norma, sino que importa, en los hechos, una carga adicional e injustificada sobre quien ya ha transitado un proceso de esta naturaleza», señaló la resolución.

Los camaristas descartaron que el pedido de reparación fuera sorpresivo, ya que tanto la fiscalía de instrucción como la querella lo habían planteado en sus requerimientos de elevación a juicio. También señalaron que el cálculo fue puesto en conocimiento de la defensa, que no formuló objeciones al respecto.


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Además, el tribunal resaltó que garantizar el acceso efectivo a la reparación es una obligación internacional del Estado argentino en materia de derechos humanos. En ese sentido, se recordaron los compromisos asumidos mediante la Convención de Belém do Pará.

El Tribunal Oral Federal de Concepción del Uruguay había condenado a Mercado el 8 de septiembre de 2025 a cuatro años y seis meses de prisión e inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos. En esa instancia, se lo había encontrado autor de abuso sexual simple en concurso real con lesiones psicológicas graves mediando violencia de género.

Los hechos ocurrieron en el Regimiento de Caballería de Exploración 12 de Gualeguaychú, donde Mercado era suboficial y superior jerárquico de la víctima. En julio de 2016, la obligó a realizar una tarea fuera de su horario laboral para intentar forzarla a mantener relaciones sexuales y efectuarle tocamientos.

Tras la negativa, el suboficial comenzó a hostigarla y acosarla laboralmente con burlas, expresiones denigrantes y traslados reiterados de oficina. Este hostigamiento, que continuó pese a las denuncias y una orden de alejamiento, le provocó un grave deterioro psicológico a la víctima.

Como consecuencia del acoso sistemático, la mujer tuvo un intento de suicidio en septiembre de 2021. Posteriormente, solicitó la baja del servicio militar.

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