Polémica: absuelven a Martinelli por el uso de avales falsos en las elecciones de Servicoop

Policiales18/09/2026REDACCIÓNREDACCIÓN

La jueza María Alejandra Hernández absolvió a Martinelli por avales falsos en los comicios de 2024, al no probarse que conociera su falsedad, por duda razonable.

Martinelli en el banquillo de los acusados
Martinelli en el banquillo de los acusados

Al aplicar el principio in dubio pro reo, la jueza María Alejandra Hernández absolvió a Germán Darío Martinelli en la causa por uso de documentos falsos. La magistrada sostuvo que no se alcanzó el grado de certeza necesario para una condena y que persistía la posibilidad de que el acusado desconociera las irregularidades.

El Ministerio Público Fiscal había acusado a Martinelli como autor del delito de uso de documento falso. La fiscalía argumentó que las planillas de avales para la Lista 55 Blanca en las elecciones de delegados de Servicoop de diciembre de 2024 contenían firmas que distintas personas no reconocieron como propias, además de documentación de personas fallecidas.


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Durante el juicio, distintos testigos declararon que no reconocían sus propias firmas en las planillas que Martinelli había presentado como apoderado de la lista. Sin embargo, la jueza consideró que esos testimonios no eran suficientes para demostrar técnicamente la falsedad de las rúbricas.

El punto central del fallo fue la ausencia de una pericia caligráfica que confirmara las irregularidades denunciadas por los testigos. Para Hernández, la falta de esta prueba técnica tuvo un peso determinante y restó entidad a las declaraciones incorporadas durante el debate judicial.


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El razonamiento de la jueza separó la responsabilidad por la presentación de las planillas del conocimiento sobre su eventual falsedad. Hernández entendió que podía existir otra explicación para las irregularidades, como errores producidos durante la recolección de los avales que el imputado no conociera al momento de entregarlos.

La decisión judicial resultó controvertida por la valoración otorgada a la prueba testimonial. A pesar de que la evidencia describía directamente la falta de reconocimiento de las firmas, el fallo consideró que no bastaba para demostrar que Martinelli hubiera actuado con conocimiento de una falsedad.


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La absolución no establece que los avales cuestionados fueran legítimos ni que los testigos mintieran. La resolución de la jueza se fundamenta en que la prueba reunida no alcanzó para demostrar, con el nivel de certeza que exige la ley penal, que Martinelli hubiera utilizado conscientemente documentación falsa. La medida sería apelada en los próximos días.

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