Procesan a ocho ciudadanos iraníes y libaneses por la causa AMIA

Policiales21/09/2026REDACCIÓNREDACCIÓN

El juez federal Daniel Rafecas dictó la resolución en el marco de la ley de juicio en ausencia y calificó el atentado como un crimen de lesa humanidad y genocidio.

Atentado a la AMIA
Atentado a la AMIA

El atentado contra la sede de la AMIA fue calificado por la Justicia como un crimen de lesa humanidad y también encuadrado en la figura de genocidio, según los términos del Derecho internacional. Esta definición fue incluida en la resolución de más de 600 páginas emitida por el juez federal Daniel Rafecas.

En su fallo, el magistrado procesó a ocho ciudadanos iraníes y libaneses acusados de participar en la organización y ejecución del ataque. Además, dispuso embargos por US$500 millones para cada uno de los procesados, quienes permanecen prófugos en el extranjero.


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La medida fue dictada mediante el régimen de juicio en ausencia, establecido por la ley 27.784, que permitió avanzar en el proceso judicial. Según la reconstrucción de los hechos, la decisión de cometer el atentado fue tomada en agosto de 1993 por las máximas autoridades del régimen iraní y su ejecución fue encomendada a Hezbollah.

Como autores mediatos fueron procesados Ali Fallahijan, entonces ministro de Inteligencia iraní; Ali Velayati, ministro de Relaciones Exteriores; Mohsen Rezai, comandante de la Guardia Revolucionaria, y Ahmad Vahidi, comandante de la fuerza Al Quds. Estos hechos fueron considerados como homicidios y lesiones reiteradas, agravados por odio racial o religioso.


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En tanto, como cómplices necesarios se procesó a Hadi Soleimanpour, ex embajador de Irán en Argentina; Mohsen Rabbani, consejero cultural de la Embajada, y Ahmad Asghari, agente de inteligencia. También fue procesado Salman Raouf Salman, agente de Hezbollah a quien se atribuye la coordinación de la etapa final del ataque.

De acuerdo con la resolución judicial, los responsables compraron una camioneta Renault Trafic el 10 de julio de 1994. El vehículo fue acondicionado con 300 kilos de amonal y TNT, y utilizado el 18 de julio para perpetrar el ataque que provocó 85 muertes y 151 heridos.


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Por otra parte, el juez no trató la situación del líder supremo iraní Alí Khamenei, del líder de Hezbollah Imad Mughniyeh ni de Ali Hussein Abdallah. La resolución indica que fallecieron en 2026, 2008 y 2020, respectivamente.

Finalmente, el magistrado dispuso la falta de mérito para Abdallah Salman y Hussein Mouzannar. La resolución podrá ser apelada por la Defensa Oficial y, si es confirmada, se avanzará hacia un eventual juicio oral y público.

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