
La Corte Suprema confirmó multas al Banco Provincia por incumplimientos en la normativa antilavado
Actualidad23/09/2026
REDACCIÓNLa sanción, aplicada originalmente por la UIF por no reportar operaciones sospechosas entre 2010 y 2013, alcanza a la entidad y a varios de sus entonces directivos.



El Banco Provincia de Buenos Aires fue multado junto a sus entonces directivos por no haber reportado determinadas operaciones sospechosas ante la Unidad de Información Financiera (UIF). Además, el organismo les imputó no contar con los sistemas de control y monitoreo establecidos, en hechos que se habrían producido entre 2010 y 2013.
La Corte Suprema de Justicia dejó firmes las multas impuestas al desestimar por inadmisibles los argumentos presentados tanto por la entidad como por los funcionarios sancionados. La decisión fue firmada por los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti.


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Las sanciones, aplicadas mediante la Resolución 281/2018, alcanzaron al banco y a sus entonces directivos Diego Rodrigo, José Pampuro, Javier Mouriño, Omar Galdurralde y Rafael Perelmiter. También fueron incluidos en la medida Daniel Tillard, Gustavo Marangoni, Carlos Rafael Fernández y María Elena Helguera.
En su defensa, el Banco Provincia había cuestionado las multas al sostener que su condición de banco provincial y las garantías del Pacto de San José de Flores impedían que la normativa nacional desplazara su régimen jurídico propio. La entidad también invocó lo establecido en su Carta Orgánica.
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Por otra parte, tras la apelación de la entidad bancaria y luego de recibir la opinión de la Procuración General, el máximo tribunal dejó firme la sentencia. Sin embargo, se hizo una excepción en el caso de José Pampuro, cuyo fallecimiento fue constatado durante el proceso judicial.
Previamente, la Cámara Contencioso Administrativa Federal había confirmado las sanciones impuestas por la UIF. Dicho tribunal consideró que el banco está alcanzado por la Ley 25.246 y que la actuación del organismo de control no vulneró su estatus jurídico especial.
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