
El Gobierno flexibiliza el ingreso de grandes usuarios al Mercado Eléctrico Mayorista
Actualidad21/10/2026
REDACCIÓNUna resolución en Boletín Oficial estableció nuevo cronograma de contratación de energía y simplificó la incorporación de industrias.



A partir del 1 de diciembre de 2026, las industrias y grandes comercios tendrán un nuevo procedimiento simplificado y mensual para ingresar al Mercado Eléctrico Mayorista (MEM). Esta modificación, que considera a enero de 2027 como el primer “Mes de Aprobación”, sustituye el anterior esquema de tramitación por ventanas trimestrales.
En el marco de este nuevo sistema, las solicitudes de ingreso se deberán presentar ante CAMMESA hasta el último día hábil previo al mes de aprobación. El organismo contará con 10 días hábiles para verificar los requisitos, y ya no se exigirá presentar una copia sellada de la nota enviada a la distribuidora, agilizando así los plazos administrativos.


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Estas medidas fueron oficializadas este miércoles a través de la Resolución 293/2026 de la Secretaría de Energía, publicada en el Boletín Oficial. Según explicó el Ejecutivo, los cambios buscan fomentar la competencia económica, incrementar la profundidad del mercado de contratos bilaterales y eliminar trabas burocráticas para la demanda industrial y comercial.
La normativa también introduce mayor flexibilidad para que las empresas generadoras realicen ofertas por debajo de los valores de referencia del Costo Variable de Producción (CVP). Se fijó un cronograma de reducción gradual de los límites para la declaración del CVP, manteniendo el inferior en 75% hasta 2026, para luego bajarlo al 50% en 2027 y al 25% desde 2028.
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Por otra parte, se dispuso la remoción escalonada de los topes de contratación en el Mercado a Término (MAT). Se estableció un nuevo cronograma que permitirá a los generadores comprometer hasta el 20% de su producción mensual hasta marzo de 2027, un 60% hasta marzo de 2028 y un 80% hasta fines de ese año.
A partir del 1 de enero de 2029, se eliminará todo límite porcentual y se habilitará la libre contratación del 100% con cualquier tipo de Demanda Spot. La resolución aclara, además, que las centrales conservan la facultad de contratar hasta el 100% de su producción mensual con distribuidoras para abastecer la Demanda Estacionalizada No Cubierta.
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