Condenan a 12 años de prisión a un hombre por el abuso sexual agravado de las hijas de su pareja

Policiales27/10/2026REDACCIÓNREDACCIÓN

Tras reconocer su culpa en juicio abreviado, el imputado recibió la pena máxima. Una de las niñas denunció “para que ningún otro nene sea abusado”.

Fiscalía Esquel
Fiscalía Esquel

“Para que ningún otro nene sea abusado sexualmente por un adulto” fue la contundente frase que expresó una de las niñas víctimas durante el proceso judicial que culminó con una condena. El enfoque de la causa priorizó el interés superior del niño y garantizó el derecho de las menores a ser oídas, considerando su palabra como eje central de la tutela judicial efectiva.

Mediante un juicio abreviado, un hombre fue condenado a 12 años de prisión tras reconocer su autoría en los hechos. El acuerdo se alcanzó entre la fiscalía, representada por el fiscal Nicolás Vasiliev, la querella y la defensa, momentos antes de la audiencia de Voir Dire para seleccionar al jurado. La pena impuesta es la máxima habilitada por el Código Procesal Penal para este tipo de juicios.


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Los abusos ocurrieron de manera reiterada entre abril de 2015 y el 14 de agosto de 2020 en viviendas de dos localidades cordilleranas. El imputado aprovechó la relación de convivencia preexistente para cometer los delitos, ya que era la pareja de la madre de las niñas.

Tras el fallo, la madre de las víctimas reflexionó sobre el proceso transitado y la sentencia. «Sinceramente la pena de doce años no es nada, pero también es reparadora para mis hijas, porque sé que a partir del momento que se haga efectiva la condena él comenzará a cumplirla», manifestó.


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La mujer también destacó la importancia de haber validado el testimonio de sus hijas. «Hoy puedo ir a ver a mis hijas a los ojos y decirles: 'Hijas, se logró, se hizo justicia porque yo las escuché, y ustedes se hicieron escuchar y pudieron hablar'», expresó la madre. Además, señaló que las secuelas emocionales persisten en las niñas hasta la actualidad.

En cumplimiento de normativas nacionales e internacionales, se omitieron todos los datos personales del imputado y las referencias geográficas para proteger la identidad y la intimidad de las sobrevivientes. Esta medida busca evitar la revictimización indirecta y resguardar su derecho al anonimato.


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Los hechos fueron calificados como abuso sexual triplemente agravado. Esta figura legal se fundamentó en el acceso carnal, en la condición del acusado como encargado de la guarda de las niñas y en que los delitos fueron cometidos contra menores de 18 años aprovechando la convivencia.

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