El Gobierno publicó un régimen excepcional de contribuciones para petroleros de Chubut y Santa Cruz

Política29/10/2026REDACCIÓNREDACCIÓN

El acuerdo, que no implica un recorte salarial, asigna carácter no remunerativo al 70% de los conceptos para el cálculo de aportes a la seguridad social.

Trabajadores petroleros. Foto Magnific
Trabajadores petroleros. Foto Magnific

Las cámaras empresariales y los sindicatos petroleros de Chubut y Santa Cruz asumieron el compromiso de mantener la dotación de personal necesaria para la actividad. En paralelo, acordaron conformar una comisión tripartita que evaluará medidas para sostener las operaciones en yacimientos maduros de ambas provincias.

La Disposición 794/2026 de la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo, publicada este jueves en el Boletín Oficial, oficializó la homologación de este acuerdo. El régimen asigna carácter no remunerativo al 70% de los conceptos salariales exclusivamente para el cálculo de determinadas contribuciones a la seguridad social, sin que ello represente un recorte directo de los salarios de los trabajadores.


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Este esquema excepcional estará vigente desde el 1 de junio hasta el 31 de diciembre de 2026, alcanzando al personal comprendido en los convenios colectivos 605/10, 611/10 y 784/21 que desempeñe tareas en las dos provincias patagónicas. La norma fue firmada el 22 de junio, mientras que el acuerdo original se celebró el 2 de junio y se registró el 23 de junio.

El tratamiento especial se aplicará sobre las contribuciones al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), al Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (INSSJyP), al Fondo Nacional de Empleo y al régimen de asignaciones familiares. Sin embargo, quedaron excluidas de este esquema las bases de cálculo para obras sociales, aseguradoras de riesgos del trabajo, sindicatos y mutuales.


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El mismo criterio comprende el sueldo anual complementario (SAC) devengado durante el período establecido por el régimen excepcional. Además, quedaron exceptuados de esta disposición los trabajadores en condiciones de acceder a la jubilación durante el año 2026, y la homologación preservó los derechos individuales del personal alcanzado por el pacto.

El pacto fue suscripto por la Cámara de Exploración y Producción de Hidrocarburos y la Cámara de Servicios Petroleros, junto con los sindicatos de petróleo y gas privado de Chubut y Santa Cruz y el gremio jerárquico y profesional de la Patagonia Austral. El 30% restante de los conceptos salariales conserva su carácter remunerativo y no podrá ubicarse por debajo del salario mínimo, vital y móvil.


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