
A partir del 1° de enero de 2027, vehículos particulares tendrán una cobertura de $270 millones, y el transporte público superará los $880 millones.



La Superintendencia de Seguros estableció que la indemnización básica por muerte o incapacidad total y permanente por persona alcanzará los $27.000.000. Además, los gastos sanatoriales por persona tendrán un tope de hasta $1.200.000 y los de sepelio, hasta $700.000.
La reglamentación indica que los pagos de asistencia sanitaria e inhumación deberán ser liquidados por las compañías de seguros en plazos mínimos. Específicamente, se abonarán «dentro del plazo máximo de cinco días contados a partir de la acreditación del derecho al reclamo respectivo, al que no podrá oponérsele ninguna defensa sustentada en la falta de responsabilidad del asegurado respecto del daño».


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Para la categoría de automóviles particulares, camionetas, motovehículos, casas rodantes y unidades de alquiler sin chofer, el límite único de cobertura por acontecimiento se fijó en $270 millones. Esta cifra será aplicable a todas las pólizas emitidas o renovadas desde el 1° de enero de 2027, según lo determinado por el organismo.
En el caso de taxis, remises, camiones, acoplados, maquinarias agrícolas y servicios de urgencia, la cobertura por siniestro vial alcanzará los $590 millones. Este mismo valor aplicará para vehículos de transporte de pasajeros de hasta ocho asientos (Categoría M1) y para servicios contratados mediante plataformas tecnológicas, consolidando un esquema de topes fijados según el uso y categoría del vehículo.
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Para colectivos y ómnibus de mayor porte, específicamente las Categorías M2 y M3, el tope máximo de indemnización ascenderá a $880 millones. El nuevo esquema determina estos límites de cobertura por responsabilidad civil de manera integral, buscando una actualización para el sector.
Estas modificaciones fueron establecidas por la Superintendencia de Seguros a través de la Resolución 480/2026, publicada hoy en el Boletín Oficial. El texto normativo encomendó a su Gerencia Técnica y Normativa la revisión anual de estos límites durante el mes de octubre de cada año, para mantener la actualización de los montos.
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En cuanto a las condiciones de franquicia y descubierto obligatorio, en el transporte público de pasajeros el descubierto obligatorio se ubicó en $4,4 millones por acontecimiento. Para taxis y remises, la resolución exige incluir una cláusula destacada en el frente de póliza que especifique que la participación obligatoria del asegurado en cada reclamo no podrá superar los $650.000.
















