
Ocurrió el pasado jueves por la tarde. Luego de verificar que no cumplía con las medidas de seguridad correspondientes, decomisaron la carne.
En otra muestra de garantismo extremo, la jueza Mirta Moreno liberó a los detenidos por el tiroteo ocurrido en una caminata de Luque y Sastre.
Policiales 29 de octubre de 2023La jueza Mirta Moreno decidió liberar a los tres acusados por el tiroteo ocurrido en la caminata de Arriba Chubut en Trelew, debido a la falta de detalles en la acusación y pruebas insuficientes, lo que llevó al fiscal de la causa a pedir una revisión por dos jueces.
En una audiencia llevada adelante en sala de oficina judicial, tercer piso de los tribunales en Trelew, el Ministerio Público Fiscal a través del fiscal general Fabián Moyano y la funcionaria Florencia Palucchini, pidió la mantención de la medida de coerción para Fernando Lefimi, Nicolás Ávila y Pablo Patricio Alarcón, involucrados en hechos ocurridos durante una manifestación política en el barrio Planta de Gas de esta ciudad.
De acuerdo a lo que había ocurrido en la audiencia de control desarrollada el 27 de julio pasado, el Ministerio Público Fiscal reiteró que los tres imputados irrumpieron cuando se desarrollaba una caminata política el 20 de julio alrededor de las 16,30, encabezada por Juan Pablo Luque y Ricardo Sastre en ese sector. En un primer momento iban a partir por avenidas Perón y Colón, pero lo mismo fue obstaculizado por un grupo antagónico y decidieron hacerlo por calles internas, llegándose hasta Las Heras y Novaro, sitio donde se produjeron los disturbios con disparos de armas de fuego, pudiéndose identificar a Lefimi, Alarcón y Ávila. Justamente los dos primeros también utilizaban un moto vehículo para desplazarse y efectuar disparos desde allí, alternando la conducción del mismo.
Si bien el hecho fue calificado en aquel momento como coacciones agravadas por uso de armas de fuego en concurso ideal con abuso de armas, en esta oportunidad la fiscalía informó que la imputación es por el delito de portación de arma de guerra sin debida autorización legal en carácter de autores y en concurso real con intimidación pública, artículos 189 bis segundo párrafo y 211 del código penal, a la vez que para Alarcón se le agrega el concurso real por tenencia ilegal de arma de fuego. El doctor Moyano consideró que ante esta nueva calificación la pena mínima sería de tres años y ocho meses, por lo que indicó que se encontraba debidamente fundada la necesidad del mantenimiento de la prisión.
Asimismo hicieron saber los antecedente que pesan sobre algunos de los imputados, como el caso de Alarcón que tiene actualmente una declaración de rebeldía y respecto de Ávila mencionó la existencia de tres condenas: en enero de 2015 un juicio abreviado con tres años de prisión por robo agravado, junio de 2015 condenado a tres años efectivo cumplimiento con varias causas acumuladas y en junio de 2017, tres años y ocho meses de prisión más la declaración de reincidencia, además de órdenes de rebeldía y captura con el revocamiento del beneficio de libertad asistida al no regresar de su salida transitoria.
Posteriormente, los defensores Carlos Pericich, por Pablo Alarcón y el doctor Abdón Manyauik en representación de Lefimi y Ávila, se opusieron a la presentación fiscal, señalando principalmente que se había cambiado la hipótesis fáctica y cuestionaron las evidencias acercadas por la fiscalía en esta audiencia.
Tras el pronunciamiento de las partes, la Jueza Mirta Moreno enfatizó que lo expresado por el Ministerio Público Fiscal era confuso y no se hallaban determinadas las circunstancias de tiempo, modo y lugar que se requiere en estos casos. Puso en duda los testimonios acercados, al cuestionar la identidad de una fotografía de la que no se sabe cuándo fue tomada y se ve a uno de los imputados con la misma campera perteneciente al gremio de Uocra. También habló sobre la inspección ocular, indicando que no se sabe en qué momento se realizó y acordó con la defensa en cuanto al cambio de calificación. Manifestó que no puede aceptar esta nueva imputación ya que no existen elementos que así lo afirmen, instando a la fiscalía a la obtención de más elementos para intentar reencausar el caso. De esta manera, aseveró que no podía evaluar la existencia de riesgos procesales, por lo que determinó la libertad para los tres imputados, con la fijación de un domicilio procesal a cada uno, a fin de recibir las notificaciones correspondientes.
Tras la decisión adoptada por la magistrada, el fiscal Fabián Moyano solicitó se realice una nueva audiencia con dos jueces, disconforme con la decisión adoptada por la doctora Moreno, para proceder a revisar la misma, la que fue programada para el próximo lunes, según lo informado mediante la oficina judicial.
Ocurrió el pasado jueves por la tarde. Luego de verificar que no cumplía con las medidas de seguridad correspondientes, decomisaron la carne.
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