OPERACIÓN LUZ DE INFANCIA: UN CONDENADO EN RAWSON

El vecino deberá cumplir 4 años y 8 meses de efectivo cumplimiento por descargar y facilitar material de abuso sexual de menores de 13 años de edad.

Chubut29 de mayo de 2024Sergio BustosSergio Bustos
cibercrimen
Dura condena al depravado.

Se trata de Federico Cifuentes, condenado a cumplir 4 años y 8 meses de efectivo cumplimiento por descargar y facilitar material de abuso sexual de menores de 13 años de edad.

Conforme la acusación del Ministerio Público Fiscal, a cargo de la Unidad Fiscal Especializada en Cibercrimen y Evidencia Digital (UFECyED), un sujeto de Rawson, enfrentó un juicio, y fue hallado culpable como autor material y penalmente responsable del delito de facilitación de toda representación de un menor de 18 años dedicado a actividades sexuales explícitas, con fines predominantemente sexuales, agravado por tratarse de víctimas menores de 13 años, en modalidad de delito continuado. Así lo resolvió la Jueza Carolina Marin.

Es trascendental señalar, qué previo a la creación de la Fiscalía de Cibercrimen (UFECyED) en el año 2020, no existían condenas por esta clase de delitos, sino solo hallazgos de material de abusos sexual infantil ocasionales en el marco de otras investigaciones dentro de la Provincia. Hasta el día de la fecha, las estadísticas entre reportes del NCMEC (National Center for Missing & Exploited Children)  y Operacioones internacioles y Nacionales (Luz de Infancia, Red Federal, Etc), en lo que indica el art 128 del Código Procesal, como punto de contacto de la Red 24/7, se han alcanzado 10 condenas, con resultados positivos, sumado a 10 procesos que se encuentran en la etapa de juicio y 4 a la espera de la realización de la audiencia preliminar al juicio. Dando así cumplimiento a todos los compromisos asumidos a nivel internacional en la lucha contra la explotación sexual infantil.

El caso tras la condena

Los hechos ocurrieron entre el día 21 de julio 2015 y el día 01 de mayo 2022, oportunidades en que Federico Segundo Cifuentes, conectándose a la red Wi-Fi desde su domicilio particular del Barrio Comercio II, de Rawson, utilizando la red P2P eMule, siendo legalmente identificado, descargó y al mismo tiempo, facilitó, para que un número indeterminado de usuarios conectados a dicha red descargaran los archivos, todos videos de abuso sexual de menores de 13 años de edad, que contienen imágenes de niñas, niños o adolescentes en actividades sexuales explícitas, o representación de sus partes genitales con fines predominantemente sexuales.

Todos ellos categorizados como “Child Notable” (de indudable contenido de explotación sexual infantil) y que, dentro de los registros, fueron descargados en su mayoría en un 100 %. En particular y en algún momento anterior al allanamiento realizado en su domicilio en fecha 30 de junio de 2022, el imputado tuvo en su poder y almacenó en su notebook un total de 272 imágenes de material de abuso sexual infantil, y de Videos: sobre el total de 1510 archivos más 62 recuperados o encontrados en fragmentos, se han individualizado 6 archivos de interés, por contener material de abuso sexual infantil, en su mayoría con niños y niñas menores a los 13 años de edad.

El Ministerio Público Fiscal calificó esos hechos como constitutivos del delito de “facilitación de toda representación de un menor de 18 años dedicado a actividades sexuales explícitas, con fines predominantemente sexuales, agravado por tratarse de víctimas menores de 13 años, en modalidad de delito continuado en carácter de autor". Sin embargo, en su alegato final reajustó su acusación, entendiendo que en honor al principio de objetividad que rige a ese Ministerio y de las probanzas de autos debían quedar circunscriptos los hechos de facilitación para que un número indeterminado de usuarios conectados a la red eMule descargaran un total de 143 archivos de MASI, todos videos de menores de trece años de edad en el período comprendido entre el 22 de julio de 2015 y hasta el 9 de abril de 2022. Bajo la modalidad descripta precedentemente

El juicio fue llevado a los estrados judiciales por el Ministerio Público Fiscal, representado por los Dres. Fernando Rivarola y Eugenia Domínguez, Fiscal General y Procuradora Fiscal; ambos integrantes de la Unidad Fiscal especializada en Cibercrimen y Evidencia Digital del Chubut. En representación directa de las niñas y niños, la Asesoría de Familia, y a Asesoría de menores, representada por la Dra. Liliana Rios y por último, la defensa técnica del condenado, fue ejercida por el defensor particular, Dr. Romano Cominetti.

   

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