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CONDENAN A INTEGRANTES DE LA LOF QUEMQUEMTREU POR USURPACIÓN
El fallo judicial otorga diez días a la comunidad para retirarse voluntariamente del predio, tras la condena de tres de sus miembros por usurpación.
PolicialesEl miércolesREDACCIÓNLa justicia de Bariloche condenó a tres integrantes de la comunidad mapuche lof Quemquemtreu por usurpación en el predio Cuesta del Ternero. El fallo dispuso un año y seis meses de prisión en suspenso y ordenó el desalojo del lugar, cercano a El Bolsón, otorgando un plazo de diez días para la salida voluntaria.
La jueza Romina Martini dictó la sentencia y determinó que si el desalojo no se cumple en el plazo indicado, podrá ejecutarse con el uso de la fuerza. La resolución judicial surgió luego de un juicio oral donde se abordaron los reclamos sobre el terreno en disputa.
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Los imputados, Romina Natalia Jones, Lautaro Cárdenas Despo y Alejandro Javier Morales Godoy, fueron declarados culpables de usurpación, como había solicitado la fiscal Betiana Cendón. La condena incluye pautas de conducta para los acusados, en concordancia con lo solicitado por la fiscalía.
La condena incluye medidas de protección de los derechos de menores y de otras personas en situación de vulnerabilidad. La jueza ordenó la intervención de organismos provinciales y nacionales, como el Consejo de Desarrollo de Comunidades Indígenas y el Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI), para dar cumplimiento a las pautas de protección.
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El caso comenzó en septiembre de 2021, tras una denuncia por usurpación de Rolando Rocco, quien tiene un permiso para la explotación forestal en los terrenos. La denuncia desencadenó el conflicto judicial que culmina ahora con este fallo.
La jueza también absolvió a tres personas que habían sido acusadas inicialmente: Ariadna Belén Mancilla Cedrón, Juan Cruz Baeza y Mauro Javier Vargas. La decisión se tomó al no encontrarse pruebas suficientes para condenarlos.
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Representantes de la lof Quemquemtreu permanecen en el lugar, señalando que se había logrado un acuerdo de permanencia en el terreno con la provincia. Este acuerdo se alcanzó tras el asesinato de Elías Garay, joven integrante de la comunidad, quien falleció tras recibir un disparo de empleados de Rocco. Los responsables del homicidio fueron condenados en otro juicio.
En el juicio actual, la defensa de los condenados solicitó que no se ordene el desalojo, argumentando la existencia del acuerdo mencionado. Por su parte, la querella apoyó el pedido de desalojo formulado por la fiscalía, aunque pidió una pena de tres años en lugar de los dieciocho meses otorgados.
El fallo, firmado por la jueza Martini y dado a conocer el 25 de octubre, señala que el desalojo se llevará a cabo con la identificación de todas las personas presentes en el predio, en caso de que no se realice de manera voluntaria.
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