

Condenan a 10 años de prisión a un pastor por abuso sexual contra una menor
Policiales12/05/2025

La Justicia de Puerto Madryn dictó una condena ejemplar en un caso de abuso sexual agravado que conmocionó a la comunidad local. Zenen del Carmen Oyarzo Ojeda, quien se desempeñaba como pastor y referente espiritual, fue condenado a 10 años de prisión de cumplimiento efectivo tras admitir su responsabilidad en reiterados abusos contra una menor de edad.


Los hechos ocurrieron entre 2018 y 2022, período durante el cual el acusado aprovechó su posición de poder y confianza para someter sexualmente a la víctima. La investigación reveló que los ataques se sucedieron de forma reiterada en un contexto de manipulación y vulnerabilidad, lo que agravó aún más la situación.
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El caso fue impulsado por la fiscal Romina Carrizo, perteneciente a la Agencia de Género del Ministerio Público Fiscal. Carrizo coordinó una exhaustiva recolección de pruebas que incluyó declaraciones de la víctima, pericias psicológicas y múltiples testimonios que permitieron acreditar los abusos con acceso carnal.
La acusación se encuadró bajo el artículo 119 ter, inciso 5 del Código Penal, que contempla penas más severas cuando el delito sexual es cometido por una persona con responsabilidad de culto. Este agravante reconoce el peso simbólico y social del rol que ocupaba el imputado, y la especial vulnerabilidad que esto genera en sus víctimas.
El juez Francisco Orlando homologó el acuerdo de juicio abreviado que culminó con la condena. La pena quedó firme y deberá ser cumplida de forma efectiva, lo que significa que Oyarzo Ojeda no podrá acceder a beneficios excarcelatorios anticipados.
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Este caso vuelve a poner en debate el rol de ciertas figuras de autoridad que, amparadas en la confianza de sus comunidades, ejercen poder en forma abusiva y violenta. El proceso judicial fue seguido con atención por organizaciones locales que trabajan en la prevención de la violencia de género y en el acompañamiento a víctimas.
Desde la Fiscalía destacaron el valor de la declaración de la víctima, que permitió dar inicio a la causa. Su testimonio fue clave para acreditar los hechos y desmontar el entramado de silencio que suele rodear a este tipo de abusos, en especial cuando el agresor pertenece a un entorno religioso o comunitario.
Fuente: MPF Chubut











