

Oficializaron el nuevo Reprocann y afecta a más de 100 mil personas en lista de espera
Actualidad23/05/2025

El Ministerio de Salud actualizó la normativa sobre cannabis medicinal, mantuvo derechos de usuarios particulares pero impuso nuevas condiciones a organizaciones. La Resolución 1780/2025 fue publicada en el Boletín Oficial tras más de 500 días de espera y afecta a más de 100 mil personas en lista de espera. El programa Reprocann ahora divide a los inscriptos en tres categorías y exige más controles.


Para los usuarios individuales con indicación médica vigente, no hay modificaciones sustanciales. El permiso continuará teniendo un plazo de tres años y un límite de nueve plantas florecidas por persona. También se mantiene la posibilidad de transportar cannabis con el permiso habilitante.
Los pacientes autorizados podrán portar hasta 40 gramos de flores o 30 mililitros de aceite sin infringir la ley. El requisito es contar con el permiso en formato físico o digital desde la app Mi Argentina. La normativa también solicita que el médico tratante realice un seguimiento clínico periódico.
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Quienes ya tienen permiso solo deberán renovarlo cuando se venza, sin iniciar un nuevo trámite. En cambio, las personas en lista de espera deberán comenzar el proceso nuevamente bajo los requisitos actualizados. Las demoras acumuladas por más de un año obligan a los solicitantes a cumplir nuevas exigencias.
Se crea la figura de “cultivador solidario”, limitado a cultivar para sí y para un único paciente. Podrá tener hasta 18 plantas y deberá presentar documentación médica, informe cromatográfico e historial judicial. También deberá contar con el consentimiento del paciente y la renuncia expresa a autocultivar.
Los cultivadores deberán acreditar no tener condenas firmes por delitos de estupefacientes. Además, deberán presentar reportes semestrales con la cantidad de plantas y su estado de floración. La variedad genética usada deberá estar declarada en forma oficial.
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Las organizaciones sociales tendrán condiciones mucho más estrictas que en el régimen anterior. Las ONG’s solo podrán obtener autorizaciones por un año y deberán nombrar un Director Médico. Este profesional deberá elaborar informes detallados sobre dosis, concentración y evolución del tratamiento.
Cada ONG deberá también designar un Responsable Técnico con formación en producción agrícola o investigación. Además, deberán registrar cada paciente autorizado y garantizar confidencialidad médica. Los miembros de sus comisiones directivas deberán presentar certificados de antecedentes penales.
Valeria Salech, de Mamá Cultiva, denunció que “las ONG’s se convierten en clínicas privadas”. “Esto no es una política sanitaria, es una política de ajuste que precariza el acceso a la salud”, afirmó. Las nuevas condiciones implican un costo económico que muchas organizaciones no podrán asumir.
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Desde Madres Cultivadoras también hubo fuertes críticas a la falta de participación en la redacción de la norma. Claudia Pérez aseguró que el Consejo Consultivo Honorario no recibió el borrador antes de su publicación. “Los requisitos son excesivos y alejan al usuario del acceso”, sostuvo.
El Ministerio argumenta que busca combatir el uso abusivo y comercial de permisos para cultivar. Según el texto oficial, algunas personas habrían utilizado el régimen anterior para actividades ajenas a la ley. Por eso, se propone un “reordenamiento” del marco regulatorio.
Los médicos que indiquen cannabis deberán estar registrados en la Red Federal de Profesionales de la Salud. Además, deberán acreditar formación específica en cannabis medicinal e incorporar firma digital. Este nuevo requisito podría reducir el universo de profesionales habilitados.
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El Estado reconoce que el cannabis no es una prioridad en su agenda sanitaria. En los considerandos de la resolución se admite que el sistema vigente requería ajustes urgentes. Sin embargo, no hubo consultas públicas previas al anuncio de los cambios.
Fuente: Infobae.









